Ayudas para paliar daños ocasionados por las lluvias torrenciales

Subvenciones destinadas a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en los establecimientos industriales, mercantiles y comerciales

Actuaciones subvencionables

  • La reconstrucción de los edificios y de las instalaciones industriales, comerciales, mercantiles, incluidos posible daños producidos en la parcela en donde se ubican.
  • La reposición del utillaje, del mobiliario y de otros elementos esenciales, así como las existencias y productos propios derivados de su actividad.
  •  La reparación de los daños o sustitución de la maquinaria y de los vehículos afectos a las actividades de estos establecimientos.

Dirigido a

  • Personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales y mercantiles.
  • Entidades urbanísticas colaboradoras.

Cuantía

La cuantía máxima por entidad o persona solicitante alcanzará los siguientes importes:

  • En el caso de establecimientos industriales y mercantiles: hasta trescientos mil euros (300.000€).
  • En el caso de establecimientos comerciales: hasta tres mil euros (3.000€).

Presentación de solicitudes

La solicitud se cumplimentará y firmará por medios electrónicos a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazo de presentación

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 24 de julio de 2025, salvo daños ocultos que puedan advertirse con posterioridad, en cuyo caso el plazo de presentación de solicitudes será hasta el 24 de diciembre de 2025.

Subvenciones destinadas a financiar a entidades que integran la Administración Local de Aragón

Entidades beneficiarias

Entidades locales que se encuentren relacionados en el artículo 2 del Decreto-ley 3/2025, del Gobierno de Aragón por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 13 y 14 de junio de 2025.

Objetivos

Reparar los daños causados y las pérdidas producidas como consecuencia de las inundaciones, desprendimientos, avenidas y desbordamientos de ríos y barrancos generadas por las lluvias acaecidas entre los días 13 y 14 de junio de 2025; así como facilitar la vuelta a la normalidad de las zonas afectadas por las mismas.

Las solicitudes se cumplimentarán y firmarán por medios electrónicos a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de julio de 2025.

Ayudas para resarcir los daños ocasionados a los particulares en viviendas

Personas beneficiarias

Personas físicas o jurídicas propietarias, de una vivienda, de bienes de primera necesidad y determinados bienes muebles contenidos en aquella, que haya sufrido daños:

  • Por destrucción total.
  • Por daños que afecten a la estructura.
  • Por daños menos graves que no afecten a la estructura o por daños ocasionados en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
  • Por destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad contenidos en la vivienda por los hechos causantes.

Cuantía de las ayudas

Las cuantías máximas a asignar por daños en las viviendas son las siguientes:

  • Destrucción total de la vivienda: hasta 60.480 euros.
  • Daños que afecten a la estructura de la vivienda: hasta 41.280 euros.
  • Daños que no afecten a la estructura de la vivienda o por daños ocasionados en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta 20.640 euros.
  • Destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda: hasta 10.320 euros.
  • Daños en bienes muebles entre otros, los vehículos a motor, bicicletas, aparatos o equipos de su propiedad y contenidos en la vivienda: hasta 36.896 euros.

Presentación de solicitudes

La solicitud se cumplimentará y firmará por medios electrónicos a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón

Plazo de presentación

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 24 de julio de 2025, salvo daños ocultos que puedan advertirse con posterioridad, en cuyo caso el plazo de presentación de solicitudes será hasta el 24 de diciembre de 2025.

Ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias

Personas beneficiarias

Personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias (agrícolas o ganaderas).

Daños en las explotaciones agrarias:

  • Daños en las estructuras de las parcelas y en las infraestructuras permanentes de la explotación.
  • Daños en edificaciones agrícolas y ganaderas, maquinaria agrícola, etc. 
  • Gastos extraordinarios derivados del traslado y manutención del ganado que se hayan generado como consecuencia de la inundación, incluyendo las pérdidas productivas derivadas de dicho traslado.

Cuantía

La cuantía máxima de la subvención por beneficiario, en cada uno de los supuestos, será de 130.000 euros

La solicitud se cumplimentará y firmará por medios electrónicos a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazo de presentación

Finalizará el 31 de julio de 2025.

Convocatorias:


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