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Aplicación de coeficientes de depuración en usos domésticos de agua en el Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR)

N° 8731

Tramitación de un procedimiento administrativo para solicitar la aplicación de coeficientes reductores de la tarifa del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) en el caso de usos domésticos que dispongan de una instalación de tratamiento de aguas residuales de titularidad privada.

Plazo de presentación

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Dirigido a

  • Sujetos pasivos del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.

Requisitos

  • Que se trate de sujetos pasivos del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales por uso doméstico de agua, entendiendo por tal uso: (1) Los realizados en viviendas que den lugar a aguas residuales generadas principalmente por el metabolismo humano y las actividades domésticas. (2) Cualquier uso propio de la actividad humana que no se produzca en el desarrollo de actividades económicas.
  • Que las aguas residuales que produzcan sean conducidas a una instalación de tratamiento de titularidad privada en funcionamiento.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documentos que acrediten la representación, en su caso.

  • Boletín de análisis de las aguas depuradas.

    Se presenta únicamente en caso de instalaciones de tratamiento biológico de depuración.

  • Factura de adquisición del equipo de tratamiento.

  • Autorización de vertido de aguas residuales expedida por el organismo de cue

  • Declaración de aprovechamientos de agua (Modelo 884)

    Únicamente cuando el agua utilizada no proceda íntegramente de la red pública de abastecimiento.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

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  • Consulta de Datos de Identidad

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

En caso de que la vivienda o instalación en que se realice el uso de agua carezca de conexión a una red de alcantarillado, la solicitud se presentará por el propio sujeto pasivo.

Si, por el contrario, existe conexión a una red de alcantarillado que sirva las aguas residuales a la instalación privada de tratamiento, la solicitud se presentará por el titular de la red de alcantarillado.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

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Contacto y ayuda

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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

1 año desde la entrada en el Instituto Aragonés del Agua.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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