Aplicación de coeficientes de depuración en usos domésticos de agua en el Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR)
N° 8731
Tramitación de un procedimiento administrativo para solicitar la aplicación de coeficientes reductores de la tarifa del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) en el caso de usos domésticos que dispongan de una instalación de tratamiento de aguas residuales de titularidad privada.
Dirigido a
- Sujetos pasivos del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.
Requisitos
- Que se trate de sujetos pasivos del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales por uso doméstico de agua, entendiendo por tal uso: (1) Los realizados en viviendas que den lugar a aguas residuales generadas principalmente por el metabolismo humano y las actividades domésticas. (2) Cualquier uso propio de la actividad humana que no se produzca en el desarrollo de actividades económicas.
- Que las aguas residuales que produzcan sean conducidas a una instalación de tratamiento de titularidad privada en funcionamiento.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Documentos que acrediten la representación, en su caso.
Boletín de análisis de las aguas depuradas.
Se presenta únicamente en caso de instalaciones de tratamiento biológico de depuración.
Factura de adquisición del equipo de tratamiento.
Autorización de vertido de aguas residuales expedida por el organismo de cue
Declaración de aprovechamientos de agua (Modelo 884)
Únicamente cuando el agua utilizada no proceda íntegramente de la red pública de abastecimiento.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
En caso de que la vivienda o instalación en que se realice el uso de agua carezca de conexión a una red de alcantarillado, la solicitud se presentará por el propio sujeto pasivo.
Si, por el contrario, existe conexión a una red de alcantarillado que sirva las aguas residuales a la instalación privada de tratamiento, la solicitud se presentará por el titular de la red de alcantarillado.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
Contacto y ayuda
Ayuda con la tramitación electrónica
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- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
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- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
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- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA
Normativa
Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
1 año desde la entrada en el Instituto Aragonés del Agua.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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