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Aplicación de tarifa social en usos domésticos de agua en el Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR)

N° 8711

Tramitación de un procedimiento administrativo para solicitar la aplicación de la tarifa social en los usos domésticos de agua en el Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR).

Plazo de presentación

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Dirigido a

  • Sujetos pasivos del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.

Requisitos

  • Que se trate de personas o unidades de convivencia que se encuentren en alguna de las situaciones de vulnerabilidad descritas en el artículo 3 de la Ley 9/2016, de 3 de noviembre, de reducción de la pobreza energética de Aragón, así como en los casos de emergencia social que determinen los servicios sociales de acuerdo con los mismos criterios.
  • Que la persona o unidad de convivencia tenga su residencia en la vivienda en que se realice el suministro para el que se solicita la tarifa social.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documentos que acrediten la representación, en su caso.

  • Informe de la Administración competente en materia de servicios sociales

    Informe de la Administración competente en materia de servicios sociales acreditativo de la situación de vulnerabilidad, expedido conforme al artículo 3.4 de la Ley 9/2016, de 3 de noviembre, de reducción de la pobreza energética de Aragón.

  • Certificado de empadronamiento.

  • Si no es titular del contrato de suministro, justificación del uso de vivienda

    En el caso de entidades suministradoras de agua que exijan tener la condición de propietario del inmueble para concertar el contrato o póliza de suministro, deberá aportarse, además, la siguiente documentación:

    a) Acreditación de que la entidad suministradora solo autoriza la prestación del servicio a las personas que tengan la condición de titular de la propiedad del inmueble.

    b) Contrato de arrendamiento en el que conste el visado justificativo del depósito de la fianza correspondiente o, si la utilización de la vivienda no resultase de un contrato de arrendamiento, documento acreditativo del derecho al uso de la vivienda.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

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  • Verificación de Datos de Identidad

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

1) Que la persona o unidad de convivencia tenga ingresos totales iguales o inferiores a 2 veces el IPREM, en cómputo anual (comprende las situaciones de vulnerabilidad del artículo 3.1.a y de especial vulnerabilidad del artículo 3.2.a y 3.2.b de la Ley 9/2016, de 3 de noviembre, de reducción de la pobreza energética de Aragón).

2) Que la persona o unidad de convivencia tenga ingresos superiores a 2 veces el IPREM e iguales o inferiores a 2,5 veces el IPREM en cómputo anual, siempre que se encuentren, además, bien individualmente o en el seno de la unidad de convivencia, en alguna de las situaciones que se relacionan a continuación (comprende las situaciones de vulnerabilidad del artículo 3.1.b de la Ley 9/2016, de 3 de noviembre, de reducción de la pobreza energética de Aragón):

1.ª Unidad de convivencia con, al menos, un menor a cargo.

2.ª Familia numerosa, de conformidad con la legislación vigente.

3.ª Persona que sufra violencia de género o unidad de convivencia en la que exista violencia de género.

4.ª Personas afectadas por procesos de ejecución hipotecaria o desahucio por falta de pago de renta.

5.ª Víctimas de terrorismo.

6.ª Persona que tenga o unidad de convivencia en la que alguno de sus miembros tenga declarada una discapacidad igual o superior al 33 %, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente, de forma acreditada, para realizar una actividad laboral.

7.ª Persona que sea o unidad de convivencia que tenga un deudor hipotecario, que se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones por desempleo.

8.ª Persona que sea o unidad de convivencia que tenga una persona deudora hipotecaria mayor de 60 años.

9.ª Afectados por situaciones catastróficas.

3) Que la persona o unidad de convivencia se encuentre en una situación de emergencia social según los servicios sociales, de acuerdo con los criterios anteriores (comprende las situaciones de emergencia social del artículo 3.3 de la Ley 9/2016, de 3 de noviembre, de reducción de la pobreza energética de Aragón).

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

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Contacto y ayuda

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Proceso de tramitación y acciones disponibles

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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

1 año desde la entrada en el Instituto Aragonés del Agua.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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