Aprobación criterios adjudicación vivienda protegida cooperativas y comunidades bienes
N° 770
A través de este trámite, cualquier cooperativa, comunidad de bienes o entidad análoga podrá solicitar la aprobación de los criterios y los procedimientos que utilizará para la adjudicación de vivienda protegida de promoción privada.
Dirigido a
- Promotores privados constituidos bajo la forma de cooperativas, comunidades de bienes u otras entidades o personas jurídicas cuya naturaleza determine que sus socios o partícipes resulten adjudicatarios.
Requisitos
- Presentar la solicitud por el promotor privado (constituido bajo la forma de cooperativa, comunidad de bienes o entidad análoga).
Documentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud
Solicitud presentada por el promotor que en todo caso debe incluir: Propuesta de los criterios y procedimientos de adjudicación. Modelos de solicitud para la incorporación de socios. Determinación de las cantidades a desembolsar, el concepto y las condiciones de su devolución. Respeto a los principios de objetividad, publicidad, concurrencia pública y transparencia.
Solicitud de incorporación
Modelo de solicitud de incorporación al listado.
Solicitud de adhesión
Modelo de solicitud de adhesión a la entidad.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La aprobación de criterios es requisito previo necesario para que las cooperativas, comunidades de bienes o entidades análogas puedan participar en los concursos públicos de suelo.
Una vez aprobados los criterios, la adjudicación se realizará bien por medio de listado público de expectantes (con dos modalidades de adjudicación: riguroso orden de antigüedad o por medio de sorteo ante notario) o bien por medio de la aplicación del sistema simplificado de adjudicación con gestión privada de la demanda que implica apertura de plazo de inscripción y posterior sorteo ante notario.
En el caso de optar por el sistema de listado de expectantes, si en este pueden inscribirse de manera indefinida, debe comunicarse a la Dirección General competente en materia de vivienda las altas y bajas con una periodicidad no inferior a un año."
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
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