Autoliquidación anual de fianzas concertadas
N° 2397
A través de este trámite, las personas obligadas presentarán cada mes de enero a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación del Gobierno de Aragón la autoliquidación de las altas y las bajas de fianzas concertadas que ha habido durante el ejercicio anterior.
Dirigido a
- Titulares de conciertos de fianzas de arrendamientos
Requisitos
- Ser titular de un concierto de fianzas de arrendamientos
Documentación
Presentar en todos los casos:
Impreso de autoliquidación
Plantilla con datos para la autoliquidación
Descargar modelo Plantilla con datos para la autoliquidaciónFICHA DE TERCEROS
El procedimiento para la designación de cuenta bancaria (ficha de terceros) se debe realizar telemáticamente a través del siguiente enlace (copiar y pegar la URL en el navegador):
https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria.
En el caso de que se trate de una persona física y no disponga de certificado electrónico podrá realizar el trámite presencial, siguiendo los siguientes pasos:
- Descargue, rellene, imprima y firme el modelo de ficha de terceros para la designación de una cuenta bancaria (DESCARGAR FORMULARIO).
- Diríjase a la entidad bancaria donde tiene abierta la cuenta con el modelo para que la entidad proceda a su sellado y/o validación.
Podrá sustituir el sello de la entidad bancaria por una fotocopia de sus libreta de ahorro, original o fotocopia de un documento bancario que acredite esa titularidad o certificado bancario.
- Entregue la documentación en alguna de las oficinas de registro del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Presente el modelo original cumplimentado y firmado, sin tachaduras, ni enmiendas.
Descargar modelo FICHA DE TERCEROS
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 699
- Correo electrónico. dgvcontrolvpa@aragon.es
- Presencial. Edificio Pignatelli
- Otros canales. Edificio Pignatelli, Paseo María Agustín 36 Puerta 7 Planta 1ª ZARAGOZA
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 01/01/2024 al 31/01/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
2 meses desde la presentación de la autoliquidación
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