Ayuda de apoyo a la integración familiar
N° 806
A través de este trámite, las personas con menores a su cargo que cumplan los requisitos exigidos podrán presentar una solicitud para recibir las ayudas de apoyo a la integración familiar.
Con estas ayudas se evita el internamiento de los menores en centros especializados o la adopción de otras medidas externas de protección.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Personas físicas
Requisitos
- Ser mayor de edad o menor emancipado con al menos un menor a su cargo.
- Acreditar el empadronamiento en un municipio de Aragón con residencia efectiva.
- No superar los ingresos anuales que se especifican en el artículo 28 del Decreto 191/2017, de 28 de noviembre.
- Excepcionalmente, en el caso de que la unidad de convivencia supere los umbrales económicos, podrá concederse la prestación siempre que el profesional de referencia lo estime imprescindible para garantizar el arraigo convivencial del menor a cargo.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Certificado de empadronamiento actualizado de la unidad familiar
Debe coincidir con quienes consten en la solicitud y con los que realmente residan en el domicilio.
Fotocopia completa del libro de familia
O partida de nacimiento en el caso de extranjeros.
Relación de miembros de la unidad familiar
Con indicación de datos de parentesco.
Autorización a la consulta de datos y firma de la solicitud
Descargar modelo Autorización a la consulta de datos y firma de la solicitud
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesAcreditación de identidad
Acreditación de familia numerosa
Acreditación parejas de hecho
Datos económicos de la persona solicitante
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La solicitud de esta ayuda puede presentarse en la Dirección Provincial del IASS ó en los Servicios Sociales de Base de la localidad correspondiente.
Estas ayudas son económicas y pueden tener carácter periódico (cuando la situación planteada se prevea duradera por plazo no superior a dos años), o de emergencia puntual (con carácter excepcional, inmediato y único).
Las personas beneficiarias de las ayudas de apoyo a la integración familiar de carácter periódico estarán sujetas a las siguientes obligaciones:
Reclamar durante todo el periodo de duración de la prestación, cualquier derecho y ejercitar las acciones pertinentes para el cobro de aquellos créditos que pudieran corresponder a cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia y de los que tenga conocimiento en virtud de título legal o convencional, siempre que el ejercicio de estos derechos no ponga en riesgo la integridad física de cualquier miembro de la unidad familiar.
Escolarizar y poner los medios para garantizar la asistencia efectiva de las personas menores de edad que se encuentren a su cargo.
Comunicar al Centro de Servicios Sociales, en el plazo máximo de quince días desde que se produzcan, las circunstancias sobrevenidas de carácter económico o familiar que, de conformidad con lo dispuesto en el presente decreto, pudieran dar lugar a la modificación, suspensión o extinción del derecho a la prestación.
Comunicar al Centro de Servicios Sociales, en el plazo máximo de quince días, cualquier cambio relativo al domicilio de residencia habitual de la unidad de convivencia.
Mantener el empadronamiento y la residencia efectiva en un municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el tiempo que dure la prestación.
Suscribir un programa de atención social y cumplir sus condiciones.
Se podrá solicitar también documentación no especificada, pero que se considere necesaria para la resolución de la solicitud.
Presentación de la solicitud
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. iass@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES
Normativa
Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón
Decreto 191/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las prestaciones económicas para situaciones de urgencia, para el apoyo a la integración familiar y los complementos económicos para perceptores de pensión no contributiva
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Trámite presencial
Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.
Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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