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Ayuda de apoyo a la integración familiar

N° 806

A través de este trámite, las personas con menores a su cargo que cumplan los requisitos exigidos podrán presentar una solicitud para recibir las ayudas de apoyo a la integración familiar.

Con estas ayudas se evita el internamiento de los menores en centros especializados o la adopción de otras medidas externas de protección.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Dirigido a

  • Personas físicas

Requisitos

  • Ser mayor de edad o menor emancipado con al menos un menor a su cargo.
  • Acreditar el empadronamiento en un municipio de Aragón con residencia efectiva.
  • No superar los ingresos anuales que se especifican en el artículo 28 del Decreto 191/2017, de 28 de noviembre.
  • Excepcionalmente, en el caso de que la unidad de convivencia supere los umbrales económicos, podrá concederse la prestación siempre que el profesional de referencia lo estime imprescindible para garantizar el arraigo convivencial del menor a cargo.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de empadronamiento actualizado de la unidad familiar

    Debe coincidir con quienes consten en la solicitud y con los que realmente residan en el domicilio.

  • Fotocopia completa del libro de familia

    O partida de nacimiento en el caso de extranjeros.

  • Relación de miembros de la unidad familiar

    Con indicación de datos de parentesco.

  • Autorización a la consulta de datos y firma de la solicitud

    Descargar modelo Autorización a la consulta de datos y firma de la solicitud

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Acreditación de identidad

  • Acreditación de familia numerosa

  • Acreditación parejas de hecho

  • Datos económicos de la persona solicitante

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

La solicitud de esta ayuda puede presentarse en la Dirección Provincial del IASS ó en los Servicios Sociales de Base de la localidad correspondiente.

Estas ayudas son económicas y pueden tener carácter periódico (cuando la situación planteada se prevea duradera por plazo no superior a dos años), o de emergencia puntual (con carácter excepcional, inmediato y único).

Las personas beneficiarias de las ayudas de apoyo a la integración familiar de carácter periódico estarán sujetas a las siguientes obligaciones:

Reclamar durante todo el periodo de duración de la prestación, cualquier derecho y ejercitar las acciones pertinentes para el cobro de aquellos créditos que pudieran corresponder a cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia y de los que tenga conocimiento en virtud de título legal o convencional, siempre que el ejercicio de estos derechos no ponga en riesgo la integridad física de cualquier miembro de la unidad familiar.

Escolarizar y poner los medios para garantizar la asistencia efectiva de las personas menores de edad que se encuentren a su cargo.

Comunicar al Centro de Servicios Sociales, en el plazo máximo de quince días desde que se produzcan, las circunstancias sobrevenidas de carácter económico o familiar que, de conformidad con lo dispuesto en el presente decreto, pudieran dar lugar a la modificación, suspensión o extinción del derecho a la prestación.

Comunicar al Centro de Servicios Sociales, en el plazo máximo de quince días, cualquier cambio relativo al domicilio de residencia habitual de la unidad de convivencia.

Mantener el empadronamiento y la residencia efectiva en un municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el tiempo que dure la prestación.

Suscribir un programa de atención social y cumplir sus condiciones.

Se podrá solicitar también documentación no especificada, pero que se considere necesaria para la resolución de la solicitud.

Presentación de la solicitud

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.

Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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