Ayudas por daños y pérdidas producidas en establecimiento industriales, mercantiles y comerciales como consecuencia de lluvias torrenciales - Convocatoria 2024
N° 10662
A través de este trámite, se conceden ayudas a los establecimiento industriales, mercantiles y comerciales afectados por daños y pérdidas producidas como consecuencia de lluvias torrenciales.
Dirigido a
- Personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos industriales, comerciales y mercantiles
- Entidades urbanísticas colaboradoras
Requisitos
- Los establecimientos industriales, comerciales y demás establecimientos mercantiles debidamente registrados a efectos fiscales, en funcionamiento, con independencia del número de empleados, que hayan sufrido daños o pérdidas de cualquier naturaleza (establecimientos, aparatos, equipos, productos o instalaciones industriales) siempre y cuando sea como consecuencia directa de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024 y se encuentren ubicados en los municipios incluidos en el ámbito de aplicación de esta orden.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Memoria descriptiva
Memoria descriptiva, de los daños y/o pérdidas causados y de la correspondiente inversión o coste para su reparación o sustitución.
Presupuesto
Presupuesto desglosado por partidas o facturas pro forma y del calendario de ejecución.
Documentos gráficos de la situación del establecimiento o área industrial
Deberán presentar fotografías de la situación del establecimiento o área industrial al objeto de acreditar los daños producidos por las lluvias torrenciales.
Póliza de seguro
Deberán aportar documentación acreditativa de la póliza de seguro y, en su caso, acreditar que los bienes objeto de la subvención no están incluidos. En el caso de no disponer de póliza de seguro, valoración efectuada por técnico independiente.
Documentos justificativos de constitución de la entidad
Documentos justificativos de constitución de la entidad solicitante y de su inscripción en el registro correspondiente.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Solo en caso de reparación de vehículos afectos a las actividades de estos establecimientos
Acreditación titularidad vehículo
Acreditación de la titularidad del vehículo y de su afectación a la actividad que desarrolla. Entre otras formas de acreditación de esa afección, podrá realizarse mediante la inclusión y constancia del logotipo del establecimiento en dicho vehículo.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Impuesto sobre actividades económicas (IAE)
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Información adicional
Actuaciones subvencionables:
- Reconstrucción de los edificios e instalaciones.
- Reposición de utillaje, mobiliario y otros elementos esenciales (incluye existencias y productos propios - derivados de su actividad).
- Reparación de daños o sustitución de maquinaria y de vehículos afectos a las actividades de estos establecimientos.
- Reparación o reposición de las infraestructuras, accesos y conexiones en áreas industriales de entidades urbanísticas colaboradoras.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 713 471
- Teléfono. 976 796 581
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN
Normativa
Orden PEJ/1361/2024, de 14 de noviembre, conjunta de la Vicepresidencia y Departamento de Presidencia, Economía y Justicia y el Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria anticipada de las subvenciones destinadas a reparar los daños causados y las pérdidas producidas en los establecimientos industriales, mercantiles y comerciales producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024
Decreto-ley 2/2024, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de finales de agosto y principios de septiembre de 2024 y durante los últimos días del mes de octubre y primeros días de noviembre de 2024
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 16/11/2024 al 15/01/2025
En plazo
Iniciar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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