Ayudas para la prestación de servicios que faciliten la conciliación de la vida personal familiar y laboral en el ámbito rural, dirigidas a comarca
N° 1569
A través de este trámite, las comarcas aragonesas pueden presentar solicitud para optar a las subvenciones para la implantación de servicios de apoyo a familias que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la parentalidad positiva y la prevención de la violencia familiar y de género.
Dirigido a
- Las comarcas aragonesas
Requisitos
- No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones para recibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Cumplir con la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
- Obtener la puntuación mínima exigida en la convocatoria en la valoración del proyecto.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Anexo I Proyecto
Orden cronológico de los apartados de desarrollo del proyecto y puntuación de valoración.
Descargar modelo Anexo I ProyectoAnexo II Certificado Interventor/a o Secretario/a de la Comarca
Debe constar el cumplimiento de lo especificado en el artículo 6.2 b. de la convocatoria.
Descargar modelo Anexo II Certificado Interventor/a o Secretario/a de la Comarca
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
DOCUMENTOS DE JUSTIFICACIÓN EN CASO DE RESULTAR BENEFICIARIO DE LA SUBVENCIÓN
Anexo presentación
Documentación que se adjunta telemáticamente en la justificación.
Descargar modelo Anexo presentaciónAnexo III Certificado Justificación aplicación gastos e ingresos
Será expedido por el Secretario/a o Interventor/a de la Entidad Local, con el visto bueno de quien ejerza la presidencia de la Comarca.
Descargar modelo Anexo III Certificado Justificación aplicación gastos e ingresosAnexo IV Cuenta justificativa relación de gastos
Se debe presentar acompañado de las copias compulsadas y estampilladas de las facturas junto con los justificantes de pago y según el orden que figuren el el apartado "otros gastos" de este anexo.
Descargar modelo Anexo IV Cuenta justificativa relación de gastosAnexo V Ficha gastos de personal
Por cada persona contratada se cumplimentará una ficha de personal a la que se adjuntará en un mismo pdf las copias compulsadas y estampilladas de las nóminas correspondientes ordenadas cronológicamente, los justificantes de pago y la copia del contrato laboral.
Descargar modelo Anexo V Ficha gastos de personalAnexo VI Cuadro resumen SS e IRPF
Se debe presentar acompañado de las copias compulsadas y estampilladas con los importes imputados a la subvención de los impresos trimestral 110 o mensual 111 de IRPF y los RNT y RLC mensuales de la Seguridad Social y justificantes del pago. Será preciso marcar/subrayar en la RNT los trabajadores/as cuyas nóminas hayan sido aplicadas a la subvención.
Descargar modelo Anexo VI Cuadro resumen SS e IRPFAnexo VII Recibo Colaboradores
Descargar modelo Anexo VII Recibo ColaboradoresAnexo VIII Desplazamientos
Descargar modelo Anexo VIII DesplazamientosAnexo IX Certificado justificación previsión de gastos
En el supuesto de existir previsión de gastos, los mismos se justificarán del 1 de enero al 20 de febrero de 2024 y será necesario la presentación de este anexo expedido por el Secretario/a o Interventor/a de la Entidad Local, con el visto bueno de quien ejerza la presidencia de la Comarca.
Descargar modelo Anexo IX Certificado justificación previsión de gastos
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 115
- Correo electrónico. familiasecretaria@aragon.es
- Teléfono. 976 715 629
- Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA, INFANCIA Y NATALIDAD
Normativa
Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón
Orden CDS/678/2023, de 16 de mayo, ORDEN CDS/678/2023, de 16 de mayo, por la que se convocan subvenciones, para el año 2023, para la prestación de servicios que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la parentalidad positiva y la prevención de la violencia familiar y de género, en el ámbito rural.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 29/05/2023 al 16/06/2023
Fuera de plazo
15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOA del "extracto" de la orden de convocatoria.
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses desde la publicación de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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