Volver a Seguridad industrial

Ayudas para la renovación y mejora de las condiciones de seguridad de instalaciones, máquinas o equipos industriales en Pequeña y mediana empresa y viviendas

N° 1806

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de ayudas, para la renovación y mejora de las condiciones de seguridad, de instalaciones, máquinas o equipos industriales.

Estas ayudas, tienen la consideración de ayudas de minimis.

Están dirigidas a pymes y viviendas.

Plazo de presentación

Del 04/07/2015 al 15/09/2015

Fuera de plazo

Dirigido a

  • Para las actuaciones tipo a.1), las PYME radicadas en Aragón en cuyos establecimientos se ubiquen las instalaciones y equipos objeto de ser subvencionados. Se entiende por empresas radicadas en Aragón como aquellas que tengan un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Para las actuaciones tipo a.2), las PYME en cuyos establecimientos industriales se ubiquen los equipos, aparatos y máquinas pertenecientes a procesos industriales, que sean objeto se ser subvencionados. Los establecimientos industriales deberán estar inscritos en el Registro Industrial de Aragón.
  • Para la consideración de PYME, se atenderá a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis DOUE L 352/1, de 24 de diciembre de 2013 y en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, equeñas y medianas empresas (notificada con el número C(2003) DOUE L 124 de 20 de mayo de 2003).
  • Podrán ser beneficiarios de las actuaciones subvencionables de la modalidad b), los propietarios o usufructuarios de las viviendas situadas en Aragón donde estén ubicadas las instalaciones o aparatos, así como los arrendatarios de las mismas, siempre que, este último presente por escrito autorización firmada por el propietario para realizar dicha actuación. No podrán ser beneficiarias de esta convocatoria de ayudas las comunidades de vecinos.

Requisitos

  • Actuaciones subvencionables modalidad a):
    • Tipo a.1) La renovación de instalaciones eléctricas, instalaciones y equipos de calefacción, de climatización o de gas, instalaciones de protección contra incendios e instalaciones frigoríficas en establecimientos de cualquier sector y actividad económica de empresas radicadas en Aragón que tengan la condición de Pyme.
    • Tipo a.2) La adaptación o mejora de las condiciones de seguridad industrial de equipos, aparatos y máquinas pertenecientes a procesos industriales de establecimientos industriales inscritos en el Registro Industrial de Aragón que tengan la condición de PYME y estén radicadas en Aragón. Se incluye dentro de esta categoría, la sustitución de antiguos equipos, aparatos y máquinas por nuevos siempre y cuando su sustitución suponga la mejora de las condiciones de seguridad industrial.
  • Actuaciones subvencionables modalidad b):
    • Tipo b.1) La renovación de las instalaciones eléctricas ubicadas en el interior de viviendas particulares de edificios de antigüedad superior a 25 años, con una potencia contratada máxima de 5,75 kW.
    • Tipo b.2) La renovación de las instalaciones y equipos de calefacción o de gas ubicadas en el interior de viviendas particulares de edificios de antigüedad superior a 10 años.
    • Tipo b.3) La compra, renovación, adaptación o mejora de las condiciones de seguridad industrial de los aparatos elevadores ubicados en el interior de viviendas particulares donde habiten personas que necesiten su utilización con una dificultad de movilidad igual o superior a 7 puntos, según se regula en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad y posteriores modificaciones.
  • Todas las actuaciones subvencionables deberán tener como finalidad la mejora de las condiciones de seguridad industrial, según se define en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, del Estado, así como garantizar la seguridad de las personas, de los bienes y el medio ambiente, fin recogido en el artículo 2 del el texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud

    Anexo I.

  • Documentación justificativa ejecución acciones

    Deberá incluir: Relación, numerada y clasificada de los gastos para los que se solicita la ayuda, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. Se debe facilitar a través de la cumplimentación de la hoja Relación de los gastos solicitados del anexo I. Justificantes de pago y originales de facturas acreditativas de los gastos para que la unidad administrativa que gestione la justificación estampille indicando la ayuda concedida o el porcentaje de subvención sobre cada documento. Deberá presentar una copia de los documentos anteriormente indicados. Cuando el importe del gasto subvencionable supere 50.000 euros en el supuesto de ejecución de obra o de 18.000 euros en el supuesto de suministros de bienes o prestación de servicios, el beneficiario deberá aportar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra. En el caso de elegir la oferta que no resulte ser la económicamente más ventajosa, el beneficiario deberá justificar adecuadamente la elección. Certificado de la última revisión o inspección periódica cuando sea preceptiva reglamentariamente. Fotografías de la obra terminada.

  • Declaración responsable

    De no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.

  • Adia Renove Seguridad Industrial 2015 anexo II

    Descargar modelo Adia Renove Seguridad Industrial 2015 anexo II

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Documentación acreditativa e identificativa solicitante. Actuación subvencionable modalidad a):

  • Tarjeta de identificación fiscal PYME

  • Escrituras constitución empresa

  • NIF representante legal

    Incluyendo título que otorgue la representación legal.

Documentación acreditativa e identificativa solicitante. Actuación subvencionable modalidad b):

  • NIF del propietario, usufructuario o arrendatario

    Que solicite la subvención.

  • Acreditación de la propiedad de la vivienda

    Contrato de alquiler y autorización firmada por propietario para realizar la actuación.

  • NIF del representante legal

    Título que otorgue la representación legal.

  • Acreditación de la antigüedad del edificio

    O establecimiento mediante certificado final de obra, nota simple registral, certificado del presidente o del administrador de la comunidad de vecinos, u otro documento que lo acredite.

  • Contrato de suministro de energía eléctrica

    Último recibo de consumo de luz en el momento de la solicitud o documento acreditativo de la potencia eléctrica contratada.

Documentación acreditativa e identificativa solicitante. Actuaciones subvencionables tipo b.3):

  • Certificado discapacidad

    Tarjeta acreditativa grado de discapacidad con una dificultad de movilidad igual o superior a 7 puntos, y documentación acreditativa de que la persona con discapacidad habita en esa vivienda.

Documentación técnica. Para instalaciones reguladas por reglamentos de seguridad industrial para las que se exige la presentación de la documentación para su puesta en servicio ante el Servicio Provincial competente en materia de seguridad industrial, directamente, o a través de un Organismo de Control habilitado.

  • Informe técnico

    Anexo II. No será preceptivo en el caso de compra de aparatos elevadores incluidos en las actuaciones subvencionables tipo b.3).

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias

  • Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

  • Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Obligaciones beneficiarios:

- Cumplir el objetivo, haber ejecutado el proyecto o realizado la actuación que fundamentó la concesión de la subvención.

- Estar al corriente de pago de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, como la de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Tesorería de la Seguridad Social, así como no tener ninguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón y no estar incurso en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario, previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

- Comunicar puntualmente a la Dirección General de Industria y PYMES, en el momento en el que se produzca, cualquier eventualidad sobrevenida de la actividad o proyecto subvencionado y que afecte a su realización material o en el tiempo.

- Facilitar a la Administración la información que ésta solicite sobre la actuación subvencionada, así como no impedir las comprobaciones que sean necesarias.

- Comunicar a la Dirección General de Industria y PYMES de forma inmediata, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención otras ayudas económicas que se le concedan o hayan concedido para las actuaciones subvencionadas.

- Admitir las medidas de evaluación que en su momento pueda arbitrar el Departamento competente, sin perjuicio de las facultades que correspondan a la Intervención General de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma, o a otros órganos de control.

- Justificar la realidad de los gastos o inversiones realizadas mediante los documentos correspondientes en los plazos y condiciones que se determinen en esta orden, facilitando el acceso de los técnicos para la comprobación material de las inversiones realizadas.

- Conservar los documentos justificativos en tanto puedan ser objeto de comprobación y control.

- Adoptar de acuerdo con las normas aprobadas por el Gobierno de Aragón las medidas para dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación en los medios materiales que se utilicen para la difusión de la actuación subvencionada.

- Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en la normativa aplicable.

- Cualesquiera otras obligaciones impuestas a los beneficiarios en la normativa estatal o autonómica aplicable, en la presente convocatoria o acto de concesión."

Presentación de la solicitud

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 04/07/2015 al 15/09/2015

Fuera de plazo

Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.

Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.