Convocatoria 2026
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Aún no es posible presentar el trámite
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Detalles del trámite
CONVOCATORIA EN ELABORACIÓN.
A través de este trámite, las personas interesadas podrán presentar su solicitud para obtener las becas que se conceden para la realización de estudios universitarios oficiales en instituciones de educación superior de países acogidos al Programa Erasmus + Estudios u otros programas de movilidad internacional.
Dirigido a
- Estudiantes de la Universidad de Zaragoza o de la Universidad San Jorge que vayan a participar en el programa Erasmus + u otros programas de movilidad internacional recogidos en la convocatoria
- No podrán obtener esta beca las personas participantes en el programa Erasmus + Prácticas
Requisitos
- Tener matricula en enseñanzas universitarias oficiales impartidas por una de las universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón.
- Ser persona beneficiaria de una Ayuda general del Programa Eramus+, en su modalidad de formación para estudios, durante el curso académico correspondiente, o de otras ayudas financiadas por instituciones participantes en los programas de movilidad internacional recogidos en el anexo de la convocatoria, que puedes consultar en el apartado "Documentos y enlaces de interés".
- Estar empadronada en cualquiera de los municipios de Aragón con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo pendiente de definir
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA y en esta misma página web, en el apartado "Anuncios".
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Documento para la consulta de datos de las personas de la unidad familiar
Este documento incluye la autorización para la consulta de datos tributarios y la información relativa al derecho de oposición. La autorización para la consulta de datos tributarios solo deberá ser cumplimentada y firmada por los sustentadores principales.
-
2. Volante o certificado colectivo de empadronamiento
Certificado o volante municipal de empadronamiento colectivo que acredite el domicilio de la persona solicitante y que integre a todas las personas que residen en el mismo. No se admiten los certificados o volantes individuales ni los que hayan sido expedidos con anterioridad a tres meses desde la fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes.
-
3. Volante o certificado colectivo de empadronamiento de otras personas
Si alguna persona de la unidad familiar no está empadronada con la persona solicitante, deberá aportarse este documento emitido por el ayuntamiento correspondiente y que integre a todas las personas que residen en el domicilio. No se admiten los certificados o volantes individuales ni los que hayan sido expedidos con anterioridad a tres meses desde la fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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-
1. Documentación que justifique la ausencia del padre o de la madre
Sentencia de separación, divorcio, certificado de defunción u otro documento que justifique la ausencia.
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-
1. Documento justificativo del acogimiento familiar
Si forma parte de la unidad familiar una persona que se encuentre acogida legalmente y haya nacido a partir del 1 de enero de 1999.
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-
1. Documento acreditativo de la unidad familiar
Libro de familia, Certificado del Registro Civil o Certificado del Registro de Parejas Estables No Casadas o cualquier otro documento válido en Derecho que acredite esta circunstancia.
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-
1. Título que acredite la orfandad absoluta de la persona solicitante
Certificado de defunción del padre y/o de la madre.
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-
1. Certificación de renta o imputaciones de renta
Emitida a fecha actual por la autoridad tributaria competente, referida al ejercicio 2024 y relativa a las personas sustentadoras principales.
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-
1. Volante o certificado de empadronamiento de domicilios anteriores.
Cuando la persona solicitante haya estado empadronada en varios domicilios distintos al de su padre y/o madre, desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de publicación de la convocatoria, deberá presentar volante o certificado histórico de empadronamiento que acredite tal circunstancia.
-
2. Contrato de alquiler o escritura de propiedad de la vivienda.
Cuando el domicilio de la persona solicitante, en algún momento, desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de publicación de la convocatoria coincida con el de su padre y/o su madre, deberá presentar escritura de propiedad de la vivienda o contrato de alquiler en el que la persona solicitante figure como arrendataria o propietaria de la vivienda.
-
3. Justificante de abono de las últimas 3 mensualidades de pago del alquiler.
Cuando el domicilio de la persona solicitante, en algún momento, desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de publicación de la convocatoria coincida con el de su padre y/o su madre, deberá presentar justificante de abono del gasto del alquiler durante los últimos 3 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
-
4. Informe de vida laboral de la persona solicitante.
-
5. Otra documentación referente a la unidad familiar.
Cuando la persona solicitante alegue independencia familiar y económica podrá aportar más documentación, si así lo considera conveniente, para la correcta determinación de las personas computables de su unidad familiar.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
De la persona solicitante y del resto de personas de la unidad familiar.
Consulta de nivel de renta intermediado
De las personas sustentadoras principales, emitida a fecha actual por la autoridad tributaria competente y referida al ejercicio 2024.
Acreditación de participación en un programa de movilidad
Consulta de Discapacidad nuevo
Resolución de reconocimiento de discapacidad en la que conste su grado.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La presentación de esta solicitud es exclusivamente electrónica. Para ello, necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve permanente).
Recursos y enlaces de interés
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Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Finalización de la tramitación
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3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA y en esta misma página web, en el apartado "Anuncios".
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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Guía completa de la solicitud
¿A quién está dirigida esta beca?
Esta beca está dirigida al estudiantado de Grado, Máster o Doctorado de la Universidad de Zaragoza o la Universidad San Jorge que participe en el programa Erasmus + o en alguno de los programas de movilidad incluidos en el anexo de la convocatoria.
Plazo de solicitud
Debes presentar tu solicitud dentro del plazo indicado en el apartado Detalles del trámite.
Recomendación: no esperes al último día. En los días finales el volumen de consultas aumenta y puede ser más difícil resolver incidencias técnicas.
Tu beca paso a paso
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Puedes consultar los requisitos completos en el apartado Detalles del trámite, o en la propia convocatoria.
En resumen, es necesario que tu universidad te haya concedido una ayuda Erasmus u otra ayuda de movilidad incluida en el anexo de la convocatoria.
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- Debes presentar la solicitud, aunque todavía no conozcas con exactitud la duración de tu estancia. La universidad confirmará posteriormente los meses concedidos.
- Accede al formulario desde el enlace de inicio del trámite y cumplimenta todos los campos obligatorios. El sistema te indicará si falta algún dato antes de poder registrar la solicitud. Si algún documento no lo tienes en ese momento, presenta la solicitud igualmente: podrás aportarlo después.
- Al finalizar recuerda firmar electrónicamente la solicitud.
- Guarda el justificante de presentación: es la prueba de que el trámite se ha realizado correctamente.
Importante:
- Puedes autorizar a otra persona o entidad para presentar la solicitud en tu nombre mediante un documento de representación.
- Si eres menor de edad, el trámite debe realizarlo tu padre, madre o tutor/a legal.
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Para presentar la solicitud es necesario identificarse y firmar electrónicamente.
Puedes utilizar alguno de estos sistemas:
- Certificado electrónico de la FNMT
- DNI electrónico
- Cl@ve Permanente (nivel avanzado)
No permiten firmar:
- Cl@ve PIN
- Cl@ve Móvil sin certificado o sin Cl@ve permanente avanzada
Si tienes problemas técnicos:
- Comprueba tu equipo con el test de firma del Gobierno de Aragón.
- Recuerda que debes disponer de un navegador compatible actualizado (Edge, Chrome o Firefox).
- Debes deshabilitar el bloqueo de redirecciones y ventanas emergentes, configurándolo en los ajustes del navegador.
- Si dispones de DNI electrónico con lector (correctamente configurado), o bien, certificado FNMT, prueba a realizar una firma electrónica con Autofirma, si te funciona, el siguiente paso es configurar tu navegador para que “conecte” con esta aplicación en el momento de realizar la firma.
- Recuerda que siempre puedes presentar la solicitud mediante otra persona que actúe como representante.
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Revisaremos si cumples los requisitos y si los datos son correctos.
Si falta algún documento, te avisaremos por:
- Correo electrónico indicado en la solicitud
- Notificaciones en MiA – Gobierno de Aragón
Deberás atender estas comunicaciones dentro del plazo que se te indique.
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La concesión de las becas se realiza en función del nivel de la renta equivalente familiar.
La resolución:
- No se comunica individualmente.
- Se publica en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) y en esta web, en el apartado "Anuncios".
Si tu solicitud es desestimada, puedes presentar recurso de alzada en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación.
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- Si te conceden la beca, el importe se ingresará en la cuenta bancaria indicada en la solicitud.
- Se abonará un anticipo de hasta el 50 % del importe concedido.
- El resto se pagará cuando tu universidad confirme la duración efectiva de la estancia. Si la estancia es inferior a la reconocida, el importe se ajustará de forma proporcional.
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Recuerda que esta beca se financia mediante las aportaciones de todos los contribuyentes, por ello, disfrutarla te compromete a unas obligaciones:
- Realizar la estancia en el extranjero.
- Presentar, cuando regreses, el justificante de estancia en tu universidad de origen.
Si no cumples con estas obligaciones deberás devolver el importe recibido.
Documentación
Documentos y formatos
- Solo se admiten documentos en formato PDF.
- No envíes archivos en JPG, Word u otros formatos.
- Asegúrate de que sean claros, legibles y completos
- La relación completa de documentos figura en esta página, en el apartado Documentos necesarios, y en la convocatoria.
Prepara solo los documentos necesarios según tu caso, principalmente:
- Documento de representación (si procede)
- Documento de unidad familiar
- Certificado o volante de empadronamiento colectivo
- Documentación económica o justificativa de situaciones familiares especiales
Si autorizas a la Administración para que consulte el resto de la documentación tú no tendrás que aportarla.
¿Cómo aportar documentación después de presentar la solicitud?
Si necesitas aportar documentación adicional:
- Accede al trámite Aportar documentación.
- Elige la opción “Para mí, persona física”.
- Introduce la clave de la solicitud, que figura en el justificante.
- Indica como contenido: Becas Erasmus.
Seguimiento de tu solicitud
La información sobre el seguimiento de tus trámites, las notificaciones y documentos asociados está disponible en MiA.
Si tienes cualquier duda o necesitas más información, escríbenos a becas_erasmus@aragon.es.
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Apartado siguiente:
Preguntas frecuentes
Destinatarios y requisitos
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A estudiantes de Grado, Máster o Doctorado de la Universidad de Zaragoza o de la Universidad San Jorge que participen en el programa Erasmus+ o en otros programas de movilidad incluidos en la convocatoria.
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La vecindad administrativa en Aragón se acredita mediante certificado o volante de empadronamiento colectivo, expedido por el ayuntamiento.
El documento debe ser colectivo, incluir a todas las personas empadronadas en el domicilio y haber sido expedido dentro de los tres meses anteriores al fin del plazo de solicitudes.
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El certificado va firmado por la Secretaría del ayuntamiento y el volante no, por lo que este último suele tramitarse con mayor agilidad. A efectos de esta beca, se admiten ambos documentos siempre que sean colectivos.
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La solicitud será desestimada. Si no estás de acuerdo, puedes presentar recurso de alzada en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la resolución (Interponer recursos ante la Administración).
Compatibilidades
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Es compatible con:
- la ayuda Erasmus+ concedida por la universidad,
- con las ayudas obtenidas para los programas de movilidad incluidos en la convocatoria,
- con becas o ayudas complementarias de hasta 500 euros para el curso 2026‑2027.
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Sí. Es incompatible con cualquier beca o ayuda complementaria de importe superior a 500 euros que tenga la misma finalidad.
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Deberás optar por una de ellas.
Si renuncias a la beca del Gobierno de Aragón, deberás presentar la renuncia por vía electrónica, siguiendo los siguientes pasos:
- Clica en Aportar documentación y elige la opción “Para mí, persona física”, aunque se haya presentado la solicitud mediante representante.
- Necesitarás la clave de tu solicitud principal presentada electrónicamente que figura en el pie del PDF de tu solicitud.
- En el apartado de "contenido de la aportación" deberás indicar: Renuncia Becas Erasmus.
Solicitud, presentación y documentación
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No. Es obligatorio cumplimentar y firmar la solicitud telemáticamente y aportar la documentación por medios electrónicos, dentro del plazo indicado en la convocatoria. No se admiten solicitudes ni documentación en formato papel.
Tienes disponible más información en la guía de tramitación.
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El plazo para presentar la solicitud viene indicado en la convocatoria y se inicia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. No se admiten las solicitudes presentadas fuera de plazo.
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De manera voluntaria y si te falta por aportar algún documento, puedes hacer lo siguiente:
- Clica en Aportar documentación y elige la opción “Para mí, persona física”, aunque se haya presentado la solicitud mediante representante.
- Necesitarás la clave de tu solicitud principal presentada electrónicamente que figura en el pie del PDF de tu solicitud.
- En el apartado de "contenido de la aportación" deberás indicar: Becas erasmus.
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Si tu solicitud no reúne toda la información o documentación necesaria, te la requeriremos para que la subsanes en un plazo de 10 días hábiles. En este caso debes hacer lo siguiente:
- Clica en Subsanar trámite y elige la opción “Para mí, persona física”, aunque se haya presentado la solicitud mediante representante.
- Necesitarás la clave de tu solicitud principal presentada electrónicamente que figura en el pie del PDF de tu solicitud.
- En el apartado de "contenido de la subsanación" deberás indicar: Becas erasmus.
Si no lo haces, se entenderá que renuncias a tu solicitud.
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En el PDF de tu solicitud disponible en MiA (figura en el pie de página).
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Siempre en PDF, no la aportes como foto (JPG, PNG, etc.), ni como documento editable (DOC, DOCX, ODT, etc.).
Unidad familiar
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Con carácter general:
- Padre y/o madre.
- Persona solicitante.
- Hermanos/as nacidos desde el 1 de enero de 2000.
- Hermanos/as mayores con discapacidad igual o superior al 33 %.
- Personas acogidas legalmente.
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Forman la unidad familiar:
- el padre o la madre que convive con la persona solicitante,
- la propia persona solicitante y,
- los hijos/as nacidos desde el 1 de enero de 2000 que conviven en el domicilio familiar o,
- los hijos/as familiar con una discapacidad igual o superior al 33% que conviven en el domicilio .
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Que has formado tu propio núcleo familiar con tu cónyuge o pareja registrada y/o con hijos menores.
Esta situación puede acreditarse mediante libro de familia, certificado del Registro Civil, certificado de parejas estables u otro documento válido en Derecho.
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- la persona solicitante de la beca.
- el cónyuge, pareja registrada o persona unida por análoga relación con la persona solicitante.
- las hijas/os comunes o no comunes que hayan nacido desde el 1 de enero de 2000.
- las hijas/os comunes o no comunes que hayan nacido antes del 1 de enero de 2000 que tengan una discapacidad acreditada igual o superior al 33%.
- la persona nacida desde el 1 de enero de 2000 que se encuentre acogida legalmente.
Independencia familiar y económica
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Puedes alegar independencia familiar y económica si estás viviendo con autonomía formal y material y cuentas con recursos propios desvinculados de la economía familiar. Se acredita en estos tres casos:
- Si eres huérfano absoluto y presentas el certificado de defunción de tus padres.
- Si eres titular de una unidad familiar propia y presentas el libro de familia, el certificado del Registro Civil o el certificado del Registro de Parejas Estables No Casadas o cualquier otro documento válido en Derecho que acredite esta circunstancia.
- Si cumples los requisitos de independencia familiar y económica establecidos en la convocatoria.
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Justificando alguno de los siguientes requisitos:
- estar empadronado en un domicilio distinto al de tus padres desde, al menos, el 1 de enero de 2024.
- tener una vivienda en propiedad o
- tener un contrato de alquiler en el que figures como persona arrendataria y justificar el abono del gasto de alquiler durante los 3 meses anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.
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Justificando todos los requisitos siguientes:
- tener un mínimo de 365 días de cotización a la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
- tener unos ingresos acreditados a efectos de la beca de, al menos, 7.250,52 € en el ejercicio 2024 o, en su defecto, de 7.905,72 en 2025.
Valoración, adjudicación y lista de espera
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Las solicitudes que cumplen los requisitos se ordenan según la renta equivalente familiar y se conceden hasta agotar el presupuesto disponible.
En el apartado Recursos y enlaces de interés puedes consultar un simulador de renta.
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No se comunica individualmente. Se publica en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) y en esta misma página, en el apartado “Detalles del trámite” en “Anuncios”.
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No. Si una solicitud no resulta beneficiaria por falta de presupuesto, no podrá obtener la beca posteriormente, aunque se produzcan renuncias.
Pago de la beca
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La cuantía se calcula multiplicando el número de meses de estancia reconocidos por el importe mensual correspondiente al país de destino, con un máximo de siete meses.
Los países se agrupan en tres categorías (ver convocatoria):
- Grupo 1 (coste de vida más alto): 350 € al mes.
- Grupo 2 (coste de vida medio): 300 € al mes.
- Grupo 3 (coste de vida más bajo): 250 € al mes.
El importe final se ajusta a la duración real de la estancia.
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Tras la publicación de la resolución, podrá abonarse un anticipo de hasta el 50 %.
El resto se pagará una vez que la universidad de origen acredite la estancia efectiva.
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Justificar la realización efectiva de la estancia en el extranjero presentando en la universidad de origen el certificado expedido por la universidad de destino.
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. 976 714 935
Correo electrónico. becas_erasmus@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
-
Orden ECU/503/2024, de 14 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las becas complementarias a las del Programa Erasmus + y a las de otros programas de movilidad internacional.
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
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