Cambio de titularidad en la autorización de instalación y emplazamiento de máquinas de premio en especie B y C
N° 1026
A través de este trámite se formalizará el cambio de titularidad en la autorización de instalación y emplazamiento de máquinas recreativas de premio en especie en el Registro General del Juego de Aragón.
Dirigido a
- Las empresas operadoras que deseen explotar máquinas recreativas en establecimientos autorizados
Requisitos
- Estar inscrito como empresa operadora del tipo que proceda en la Sección IV del Registro General del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Las firmas del titular del establecimiento y del representante legal de la empresa operadora deberán ser reconocidas por entidad bancaria.
- Los cambios de titularidad precisarán una nueva inscripción y deberán comunicarse dentro del plazo de un mes de producirse, mediante la presentación de los documentos que se especifican en el artículo 51.3 del vigente Reglamento pudiendo ser presentados por la empresa operadora o por el nuevo titular del establecimiento, conservándose el anterior período de validez.
- Cumplimentar debidamente el modelo normalizado de autorización de instalación y emplazamiento que proceda según el tipo de máquina a instalar (Anexo IV del Reglamento).
Documentación
Presentar en todos los casos:
Modelo normalizado de autorización de instalación y emplazamiento
Copia de la licencia municipal de funcionamiento
Declaración responsable
En la que conste que:
- El establecimiento no está incluido en alguno de los casos contemplados en el artículo 48.3.a) del Reglamento de Máquinas de Juego, según modelo que figura en el Anexo VII del Reglamento.
- Firmada por el titular del establecimiento sobre la disponibilidad del local, según modelo que figura en el Anexo VII del Reglamento.
Declaración emitida por el titular del establecimiento
- En la que exprese la voluntad de explotar máquinas recreativas de tipo B en su establecimiento, con una empresa operadora determinada.
- La firma de esta declaración deberá ir reconocida o adverada por entidad bancaria y fechada por esta, salvo en el caso de documento electrónico que bastará la cumplimentación mediante firma digital reconocida por la FNMT o el Gobierno de Aragón.
- No se admitirán acuerdos mutuos firmados con una antelación superior a un mes a la presentación de la solicitud de la autorización de instalación.
Tasas administrativas
Justificante del pago de la tasa por la prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego.
Emplazamiento de máquinas
Comunicación de emplazamiento de la máquina o máquinas a instalar. En el caso de estar instaladas en otro establecimiento, ejemplar de las mismas.
Autorización de explotación de la máquina
Si procede.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En caso de personas jurídicas:
Copia de la escritura de constitución de la sociedad
Y de sus modificaciones posteriores Deberá estar inscrita en el Registro Mercantil.
Identificación de sus socios y administradores
Documento notarial que acredite los poderes otorgados a favor de terceros
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesAcreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante
Acreditación de la identidad si se trata de persona física o el Código de Identificación Fiscal, si es persona jurídica.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Durante la vigencia de la autorización de instalación, los cambios de titularidad que puedan producirse, tanto respecto de la persona que ostente los derechos de uso o explotación del local donde se encuentren instaladas las máquinas, como de las empresas operadoras titulares de dichas máquinas, no serán causa de extinción de la autorización de instalación en vigor, quedando el nuevo o nuevos titulares subrogados en los derechos y obligaciones contraídos por los que les precedieron, salvo mutuo acuerdo de las partes o salvo cuando resten menos de tres meses para la finalización del período de validez de la autorización de instalación.
En el supuesto de los establecimientos previstos en el artículo 48.1 del Reglamento, cuando se esté tramitando una nueva apertura o un cambio de titularidad, podrá otorgarse autorización de instalación provisional, por un año, siempre que el titular del establecimiento acredite encontrarse en tramitación la licencia de funcionamiento. Estas autorizaciones podrán ser prorrogadas por períodos de un año, a instancia del solicitante, previa acreditación por éste de que la concesión de la licencia de funcionamiento no se encuentra paralizada por causas imputables al interesado.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
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Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 712 423
- Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
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- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
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- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
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Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
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