Emisión de informe para el envío de forrajes deshidratados a las Islas Canarias
N° 1417
A través de este trámite, las entidades operadoras de forrajes deshidratados podrán solicitar la emisión de un informe que acredite que se cumplen los requisitos exigidos para la entrada de forrajes deshidratados en el territorio de las Islas Canarias.
Dirigido a
- Operadores de forrajes deshidratados que realizan envíos a las Islas Canarias
Requisitos
-
Los forrajes destinados a ser enviados a las Islas Canarias, deberán haber sido sometidos a uno de los siguientes procesos:
- La paja/el forraje (lo que corresponda) procedente del campo o de los almacenes de acopio habrá sido previamente acondicionado (proceso para su desenmarañe), y posteriormente será molturado/a en molinos giratorios a una velocidad de giro de unas 1.200 r.p.m. y con un permiso entre muelas y martillos de 10 a 15 mm y, de forma continua, habrá sido prensado con una presión mínima de 280 bar, y ensacado en paquetes/balas de rafia o similar.
- La paja/el forraje (lo que corresponda) procedente del campo o de los almacenes de acopio habrá sido previamente acondicionado (proceso para su desenmarañe), picado, sometido a un tratamiento de calor con tromel no inferior a 100º C, y de forma continua, habrá sido prensado a una presión mayor de 200 bar y ensacado en paquetes/balas de rafia o similar.
- La paja/el forraje (lo que corresponda) habrá sido sometido a un tratamiento fumigante de fosfuro de aluminio que garantiza la no supervivencia de insectos en el forraje.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Formulario de solicitud
(formulario en línea)
Justificante del pago Tasa 03 Tarifa 01
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En el caso de que se trate de producto fumigado:
Certificado de fumigación del producto
Control de salida del producto fumigado
Información adicional
Se tramita en el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de la provincia donde se lleve a cabo el procesamiento del producto.
Coordinación: Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal (Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria) del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 385
- Correo electrónico. cscv.agri@aragon.es
- Página web. Centro de Sanidad y Certificación Vegetal
- Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Normativa
Real Decreto 387/2021, de 1 de junio, por el que se regula el régimen de certificación fitosanitaria oficial para la exportación de vegetales y productos vegetales y se modifica el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros
Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.
Orden -/1987, de 12 de marzo, por la que se establecen para las islas Canarias las normas fitosanitarias relativas a la importación, exportación y tránsito de vegetales y productos vegetales.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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