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Declaración responsable de oficinas de turismo y puntos de información turística de Aragón - Oficinas de turismo

N° 1692

A través de este trámite, las oficinas de turismo de titularidad pública o privada que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán presentar una declaración responsable ante la autoridad competente para su apertura.

Igualmente es posible realizar otras acciones como informar sobre la modificación de datos o sobre el cese de actividad.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Personas Físicas o Jurídicas que quieran abrir una oficina de turismo

Requisitos

  • Disponer de un espacio de atención al público y de una zona dedicada a exposición de material al objeto de facilitar las tareas de información y consulta.
  • Los accesos a la oficina, el diseño del mobiliario, la distribución del espacio de atención al público y los medios a disposición del turista, deberán cumplir la normativa vigente sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y de la comunicación
  • Cumplir con lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación
  • Deberán contar con teléfono, dotado de servicio de contestador telefónico, y al menos disponer de un ordenador con acceso a Internet e impresora, una cuenta de correo electrónico y un buzón de sugerencias

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acreditación de la representación que el solicitante ostenta

    Respecto del titular de la oficina de turismo si se accede al Tramtiador sin certificado de representación

  • Título que acredite la disponibilidad del inmueble

    Para la finalidad de oficina de turismo

  • Planos de la oficina de turismo

    acotados y firmados por técnico competente.

  • Declaración responsable documentación

    En caso de modificación o reforma sustancial, declaración responsable de que se dispone de la documentación justificativa de los cambios.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Validación de NIF de un contribuyente

Información adicional

Inscripción en Registro de Turismo a efectos informativos.

Posibilidad de solución extrajudicial de conflictos mediante arbitraje de consumo en establecimientos adheridos.

Una vez formalizada la declaración responsable y en un plazo no superior a 3 meses, tras las oportunas comprobaciones, el órgano competente podrá, en su caso:

- Inscribir el acto o hecho en el Registro de Turismo de Aragón a efectos meramente informativos.

- Clausurar el establecimiento o prohibir el ejercicio de la actividad en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, sin que por ello se derive derecho alguno a indemnización.

- Establecer motivadamente las condiciones en que pudiera ser ejercida la actividad o tener lugar la apertura y clasificación del establecimiento, y su correspondiente inscripción.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Desde que presenta la declaración responsable se puede ejercer la actividad que será revisada en un plazo máximo de 3 meses.

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera ...

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