Diligencia de Bastanteo
N° 1256
A través de este trámite, las personas interesadas podrán solicitar la emisión de diligencias de bastanteo de documentos justificativos de la personalidad y representación de personas y entidades que contraten o se obliguen con la Diputación General de Aragón y sus organismos públicos.
Dirigido a
- El empresario interesado o el representante legal de una entidad que quiera contratar u obligarse con la Diputación General de Aragón o sus Organismos Públicos
Requisitos
- Ser empresario interesado o representante legal de una entidad que quiera contratar u obligarse, constituir garantías o percibir cobros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón o sus Organismos Públicos.
- Pagar la tasa 38 por servicios administrativos en la emisión de diligencias de bastanteo de poderes.
Pago de tasas
Tasa 38 - Por servicios administrativos en la emisión de diligencias de bastanteo de poderes.
Medios de pago: Entidades colaboradoras, oficinas de correos y de forma telemática mediante tarjeta bancaria
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Copia de la documentación justificativa
En su caso, copia notarial electrónica de escritura pública. Esta documentación debe acreditar que una persona física goza de facultades bastantes para representar a una entidad que contrate o se obligue, constituya garantías o perciba cobros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus Organismos Públicos.
Acreditación identidad extranjeros sin permiso de residencia en España
Tasas Administrativas
Justificante de haber realizado el pago de la tasa nº 38.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesAcreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante
Comprobación datos identidad del empresario interesado o del representante legal de la entidad.
Información adicional
Excepcionalmente, cuando la diligencia se realice de oficio en el seno de un procedimiento de contratación o a petición del Registro Voluntario de Licitadores de Aragón, su eficacia quedará supeditada a la presentación por parte del interesado del justificante de liquidación de la tasa ante el órgano de contratación.
Plazo de Resolución según el artículo 8.3 del Decreto 169/2018 del Gobierno de Aragón.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 715 301
- Correo electrónico. dgserviciosjuridicos@aragon.es
- Teléfono. 976 714 477
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS JURIDICOS
Normativa
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Decreto 169/2018, de 9 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se organiza la asistencia, defensa y representación jurídica a la Comunidad Autónoma de Aragón
Orden de 11 de enero de 2011 de la Consejera de Presidencia, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de la tasa y se dictan algunas instrucciones para su gestión y liquidación
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 días
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.