Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo de titularidad local - Modificar la autorización
N° 10023
A través de este trámite una entidad local titular de una Escuela de Educación Infantil de primer ciclo puede solicitar una modificación de la autorización.
Dirigido a
- Entidades Locales que sean titulares de una Escuela de Educación Infantil.
Requisitos
- El centro ha de cumplir los requisitos mínimos que se establecen en la Orden de 25 de agosto de 2005 del Departamento de Educación, Cultura y Deporte sobre espacios e instalaciones, condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y seguridad, relación de número de alumnado por unidad (ratio) y profesionales del centro.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento
Recogerá la modificación solicitada. No será necesario presentar este documento cuando se modifiquen datos de contacto de la entidad titular o del centro.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si la modificación implica cambio en las instalaciones, condiciones materiales o ubicación
Planos visados de la modificación y documentación técnica
Memoria técnica descriptiva de la modificación que se solicita
Si cambia la titularidad del inmueble del centro
Documento que acredite la modificación de la titularidad del inmueble
En relación con la propiedad, arrendamiento o concesión de uso del inmueble donde se ubica el centro.
Si se contrata nuevo profesorado
Titulación
Documentación que acredite la titulación que aporta para su contratación.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesObligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Puede Realizar Trámite
Información adicional
Si se solicita ampliación del número de unidades o meses de funcionamiento se debe de hacer como mínimo con 1 mes de antelación a su puesta en marcha. La financiación de la ampliación necesitará resolución expresa de la Dirección General competente y será comunicada a la Entidad Local para suscribir adenda al convenio de colaboración con el Departamento de Educación.
Se puede modificar la titularidad de un centro cuando pase de un municipio a una comarca o entidad que agrupe a varios municipios. En caso contrario, y solo cuando el ayuntamiento haya dejado de formar parte de la comarca o entidad supramunicipal, será necesario solicitar la creación de una nueva Escuela de Educación Infantil.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 711 764
- Correo electrónico. Dirección General de Planificación, Centros y Formación Profesional centroseducativosaragon@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, CENTROS Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Normativa
Orden de 25 de agosto de 2005 del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen los requisitos mínimos e instrucciones técnicas de los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil en la Comunidad Autónoma de Aragón
Orden ECD/853/2022, de 13 de junio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Infantil y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón
Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica de 3/2020, de 29 de diciembre
Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación
Real Decreto 2274/1993, de 22 de diciembre, de cooperación de las Corporaciones Locales con el Ministerio de Educación y Ciencia
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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