Garantía económica para la tramitación del procedimiento de acceso y conexión de una instalación de generación de electricidad
N° 2177
A través de este trámite, la persona titular o promotora de una instalación de generación de electricidad podrá presentar ante la autoridad competente el resguardo acreditativo de haber constituido la garantía económica para la tramitación del procedimiento de acceso y conexión de una instalación de potencia instalada igual o inferior a 50 MW en Aragón.
Igualmente, es posible realizar otras acciones como la sustitución o cancelación de la garantía económica depositada.
Dirigido a
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Presentación del resguardo y solicitud de la adecuada constitución de la garantía económica:
- El titular del proyecto de la instalación, o su representante, con la adecuada acreditación de la representación del interesado, según se establece en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, en su caso, quien pretenda adquirir la titularidad de la instalación o su representante.
- El Estado y sus Organismos autónomos, así como las entidades públicas empresariales, los Organismos públicos regulados por su normativa específica dependientes de ambos y los órganos constitucionales, estarán exentos de la obligación de constituir los depósitos, cauciones, consignaciones o cualquier otro tipo de garantía previsto en las leyes.
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Solicitud de cancelación y devolución de la garantía económica:
- El depositante de la garantía, o su representante, con la adecuada acreditación de la representación del interesado, según se establece en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Requisitos
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Presentación del resguardo de haber constituido la garantía económica para la tramitación del procedimiento de acceso y conexión, y Solicitud del pronunciamiento de su adecuada constitución:
- Se presentará ante la Dirección General de Energía y Minas un resguardo acreditativo de haber depositado una garantía por una cuantía equivalente a 40 euros/kW instalado y/o, en su caso, a 20 euros/kW instalado, previamente a la solicitud de acceso y conexión a la red de transporte o, en su caso, a la red de distribución. Una vez confirmada la adecuada presentación, la Dirección General de Energía y Minas se pronunciará sobre la misma, remitiéndola al solicitante.
- La caducidad de los permisos de acceso y de conexión supondrán la ejecución inmediata por la Dirección General de Energía y Minas de las garantías económicas presentadas para la tramitación de la solicitud de acceso a la red de transporte o distribución. No obstante, se podrá exceptuar la ejecución de la garantía depositada si la caducidad de los permisos de acceso y de conexión viene motivada porque un informe o resolución de una administración pública impidiese dicha construcción.
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Quedarán exentas de la presentación de la garantía económica las siguientes instalaciones:
- Las que estén exentas de obtener permisos de acceso y conexión.
- Las asociadas a una modalidad de autoconsumo con excedentes de potencia instalada no superior a 100 kW, salvo que formen parte de una agrupación cuya potencia sea superior a 1 MW.
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Solicitud de cancelación y devolución de garantía económica depositada para la tramitación del procedimiento de acceso y conexión:
- La garantía depositada tendrá validez mientras la Dirección General de Energía y Minas no autorice su cancelación. La Dirección General de Energía y Minas autorizará su cancelación cuando el peticionario obtenga la autorización de explotación definitiva de la instalación de generación de electricidad.
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También se procederá a la cancelación de la garantía por:
- La inadmisión de la solicitud de acceso y conexión.
- La denegación de una solicitud de acceso y conexión por causas no imputables directa ni indirectamente al solicitante.
- La no aceptación de la propuesta de punto de conexión y de las condiciones técnicas y económicas.
- El desistimiento de la tramitación de la solicitud de acceso y conexión producido por causas ajenas al titular de la instalación de generación.
Pago de tasas
Por tramitación del resguardo de depósito de garantía económica para la tramitación de los permisos de acceso y conexión a la red de instalaciones de producción de energía eléctrica, hasta su cancelación o ejecución.
Pronunciamiento sobre adecuada constitución (primer resguardo de depósito/ sustitución): Tasa 14, apartado 5, tarifa 58.
La devolución de garantías está exenta.
Medio de pago: autoliquidación, modelo 514.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Pronunciamiento del gestor de red
Pronunciamiento del gestor de red sobre si la instalación sigue siendo la misma a efectos de los permisos de acceso y conexión. En caso de actualización de los permisos de acceso y conexión solicitados y/o concedidos, conforme al apartado 6º de la Disposición Adicional 14ª del Real Decreto 1955/2000.
Resguardo constitución garantía
Copia del resguardo acreditativo de constitución de la garantía económica depositada en la Caja de Depósitos del Gobierno de Aragón.
Memoria justificativa para sustitución, cancelación o devolución
Memoria justificativa de los motivos por los que se sustituye con un nuevo depósito de garantía económica el anteriormente constituido, o de los motivos por los que se solicita la cancelación y devolución de la garantía económica constituida.
Instrucciones cumplimentación formulario F001
Descargar modelo Instrucciones cumplimentación formulario F001Formulario F001
Tanto para la presentación del resguardo y solicitud de la adecuada constitución de la garantía económica, como para la solicitud de cancelación y devolución de la garantía económica.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 000
- Correo electrónico. gestionenergetica@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Normativa
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica
null de 23 de junio de Decreto-ley 23/2020 por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
null de 20 de enero de 1/2021 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de producción de energía eléctrica
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
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Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses. Solicitud adecuada constitución garantía. 3 meses. Solicitud cancelación/devolución garantía
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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