Gestión del Impuesto medioambiental sobre las aguas residuales (IMAR) - Declaración de uso del agua, carga contaminante y régimen del trabajo (modelo 883) en material del Impuesto medioambiental sobre las aguas residuales (IMAR)
N° 310
A través de este trámite, los sujetos pasivos del Impuesto medioambiental sobre las aguas residuales (IMAR) por uso industrial, cualquiera que sea la procedencia de los caudales utilizados, podrán presentar la declaración de datos y características de los usos industriales de agua para la fijación de la base imponible y la tarifa a pagar.
La declaración puede ser de alta, baja o modificación.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Sujetos pasivos del IMAR por uso industrial, cualquiera que sea la procedencia de los caudales utilizados
Requisitos
-
Ser sujeto pasivo del IMAR por uso industrial, cualquiera que sea la procedencia de los caudales de agua consumidos, teniendo en cuenta que:
- Los sujetos pasivos que desarrollen actividades incluidas en el anexo II del Reglamento regulador del Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas están obligados en todo caso a presentar el Modelo 883, cualquiera que sea el volumen de agua consumido anualmente (las actividades comprendidas en dicho anexo aparecen relacionadas en las instrucciones de la declaración).
- Podrán asimismo presentar este modelo los sujetos pasivos por uso industrial no incluidos en dicho anexo II, cuando el volumen de agua consumido anualmente sea superior a 1000 metros cúbicos.
- La declaración deberá ser presentada en el plazo de 1 mes a contar desde la fecha en que el ICA sea aplicable al sujeto pasivo de que se trate. No obstante, tratándose de sujetos pasivos por uso industrial no incluidos en dicho anexo II del Reglamento regulador del Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas, la falta de presentación dentro de plazo, con la consiguiente aplicación del régimen de estimación global de la contaminación, no excluirá la presentación en cualquier momento posterior.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Copia de la concesión del aprovechamiento de agua
De la autorización de vertido de las aguas residuales o de la concesión o autorización de reutilización de aguas depuradas, concedidas por el Organismo de Cuenca.
Acreditación del volumen de las pérdidas
Por evaporación o incorporación a producto, así como de los incrementos de caudal.
Boletín o informe del análisis de las aguas de aporte y residuales
Acreditación de las variaciones
Introducidas en la situación declarada en el Modelo 883 inicial. En caso de declaración de modificación.
Acreditación de las circunstancias que lo justifican
En caso de declaración de cese.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La falta de resolución dentro del plazo produce la caducidad del procedimiento; por lo tanto no opera el silencio administrativo como estimatorio o desestimatorio.
Presentación de la solicitud
Presencial
-
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Contacto y ayuda
- Teléfono. Teléfono del Instituto Aragonés del Agua 976 716 655
- Correo electrónico. Correo de información del IAA iaa@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
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- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA
Normativa
Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales
Ley 1/1998, de 16 de febrero, sobre Reclamaciones Tributarias en la Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y desarrollos normativos de la legislación general tributaria en materia de actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos
Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Orden /2009, de 27 de abril, de los Departamentos de Economía, Hacienda y Empleo y de Medio Ambiente, por la que se aprueban los modelos 882, 883, 884, 885, 886, 887 y 888 de declaración tributaria del Canon de Saneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
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En plazo
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