Quejas, reclamaciones y consultas relacionadas con la mediación de seguros
N° 6201
Cualquier usuario de los servicios prestados por un mediador de seguros tiene derecho a que se le atiendan sus:
1) QUEJAS: por motivos de demoras, desatenciones u otra actuación deficiente.
2) RECLAMACIONES: contra actuaciones u omisiones que supongan presuntos incumplimientos del distribuidor de seguros de la normativa de transparencia, protección al cliente y a las buenas prácticas con la pretensión de obtener restitución de su interés o derecho el cual ha sufrido un perjuicio.
3) CONSULTAS: solicitudes de asesoramiento e información sobre cuestiones de derechos de los usuarios de los servicios de distribución de seguros en materia de transparencia, protección al cliente y buenas prácticas.
Dirigido a
- Cualquier cliente de un mediador de seguros (corredor de seguros o agente de seguros)
Requisitos
- Previamente a esta solicitud debe haberse presentado reclamación ante el departamento o servicio de atención al cliente o defensor del cliente del mediador del seguro.
- No se admitirán reclamaciones que estén siendo conocidas o hayan sido ya resueltas por otros órganos administrativos, arbitrales o judiciales.
- No se admitirán reclamaciones sobre cuantificaciones económicas de los daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar a los clientes o sobre cualquier otra valoración económica.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Justificante de la reclamación previa realizada al defensor del cliente
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Condición: Si se dispone de documentación complementaria
Documentación que justifique la queja o reclamación
Puedes aportar todos los documentos que consideres necesarios para justificar o argumentar tu queja o reclamación
Información adicional
El informe será notificado a los interesados y a la entidad reclamada en el plazo de 10 días hábiles desde su fecha de emisión.
Una vez abierto el oportuno expediente tras presentar la reclamación se remitirá al mediador contra el que se dirija la reclamación o queja copia de toda la documentación para que en 15 días hábiles presente las alegaciones que considere oportunas. Estas alegaciones serán remitidas posteriormente al reclamante que también podrá pronunciarse sobre las mismas en un mismo plazo de 15 días.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
OTRO
Solo las personas físicas pueden presentar su solicitud de forma presencial en las oficinas de registro. Las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse de forma telemática con la administración pública.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 713 129
- Correo electrónico. mediacionseguros.economia@aragon.es
- Presencial. Edificio Pignatelli. paseo María Agustín, 36. Puerta 7. 2º planta.Zaragoza Cita previa
- Página web. Mediación de seguros Aragón
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ECONÓMICA
Normativa
Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales
Orden 2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
RECLAMACIONES: Plazo de 4 meses máximo para emitir un INFORME final que NO tiene carácter vinculante. La falta de emisión del informe en dicho plazo NO implica la aceptación del motivo de la reclamaci...
RECLAMACIONES: Plazo de 4 meses máximo para emitir un INFORME final que NO tiene carácter vinculante. La falta de emisión del informe en dicho plazo NO implica la aceptación del motivo de la reclamación (artículo 12.2 Orden ECC/2502/2021, de 16 de noviembre.)QUEJA: Plazo máximo de 3 meses; salvo si el objeto de la queja es la demora en la contestación del defensor del cliente que será un plazo máximo de un mes y medio.CONSULTA: Plazo máximo 1 mes.
Saber más sobre el silencio administrativo Ver más¿Te ha resultado útil esta página?
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