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Registro de mediadores de seguros de Aragón - Cancelación en el Registro

N° 1467

Cancelación en el Registro de mediadores de seguros en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, ya sea solicitada voluntariamente por el interesado o adoptada tras el oportuno procedimiento sancionador.

Conlleva la imposibilidad de realizar la actividad de distribución de seguros.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Mediadores de seguros que ejerzan su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón:
    • Corredor de seguros (persona física o jurídica)
    • Agente de seguros vinculado (persona física o jurídica)

Requisitos

  • Estar inscrito en el Registro de Mediadores de Seguros de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Información adicional

La cancelación de la inscripción supone la exclusión del Registro de Mediadores de Seguros de Aragón, impidiendo desarrollar actividades de mediación de seguros, salvo que vuelva a solicitar la inscripción en algún otro registro autorizado.

El incumplimiento de los requisitos del ejercicio de actividad de la mediación puede conllevar un procedimiento sancionador y la cancelación de la inscripción.

Para cambiar de agente de seguros vinculado a correduría de seguros, o a la inversa, hay q solicitar previamente la cancelación en el Registro como agente de seguros vinculados y solicitar la inscripción como corredor de seguros.

Para poder volver al ejercicio de la actividad de mediación de seguros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón se debe solicitar y obtener nueva inscripción en el Registro.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

OTRO

Solo las personas físicas pueden presentar su solicitud de forma presencial en las oficinas de registro. Las personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse de forma telemática con la administración pública.

Contacto y ayuda

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

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Certificado de datos del Registro

En plazo permanente

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