Impugnaciones (reclamaciones)
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Comunicación de las impugnaciones (reclamaciones) en relación a la elección, la promoción (el preaviso), las decisiones de la mesa o cualquier otra actuación durante el proceso de elección de representantes sindicales para personal laboral.
Dirigido a
- Trabajadores y trabajadoras
- Empresas
- Sindicatos
Requisitos
- Para la impugnación de actos de la mesa electoral, es necesario haber reclamado previamente a la mesa en el día laborable siguiente al acto.
- El plazo para presentar la impugnación es de 3 días hábiles desde el siguiente a aquel en que se producen los hechos o se resuelve la reclamación por la mesa.
- En caso de impugnar (reclamar) actos del día de la votación o posteriores, el plazo máximo es de 10 días hábiles desde la entrada de las actas en la oficina pública de registro.
- En el caso de impugnaciones promovidas por sindicatos que no hubieran presentado candidaturas en el centro de trabajo en el que se hubiera celebrado la elección, los 3 días se computarán desde el día en que se conozca el hecho impugnable.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Es preferible presentarlo en la oficina pública de registro provincial que se indica en el siguiente apartado con cita previa. Solicita la cita previa llamando o mandando un correo electrónico a la oficina correspondiente.
Otros
Los profesionales tienen la obligación de registrar la impugnación telemáticamente.
Resolución
a las 24 horas el árbitro convocará a las partes interesadas para que comparezcan.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Escrito en el que figuren los hechos que se tratan de impugnar
-
2. Pruebas que aleguen la imputación
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Justificante de reclamación a la mesa electoral
Justificante en el que se indique que se ha reclamado a la mesa electoral previa a la impugnación.
Es recomendable entregar este justificante ante la oficina pública de registro.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se puede impugnar (reclamar) la promoción (el preaviso), la elección, las decisiones que adopte la mesa o cualquier otra actuación de la mesa a lo largo del proceso electoral que pudieran afectar a las garantías del proceso electoral y que alteren su resultado, en la falta de capacidad o legitimidad de los candidatos elegidos, en la discordancia entre el acta y el desarrollo del proceso electoral y en la falta de correlación entre el número de trabajadores que figuran en el acta de elecciones y el número de representantes elegidos.
Una vez registrada la reclamación en la oficina pública de registro, trasladarán la reclamación al árbitro en el siguiente día hábil.
En caso de reclamar la votación, la oficina procederá a registrar el acta o denegarla, según el contenido del laudo arbitral. Éste podrá impugnarse ante la jurisdicción laboral, a través de la modalidad procesal correspondiente.
Hasta que no finalice el procedimiento arbitral y, en su caso, la posterior impugnación judicial, quedará paralizada la tramitación de un nuevo procedimiento arbitral.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Es preferible presentarlo en la oficina pública de registro provincial que se indica en el siguiente apartado con cita previa. Solicita la cita previa llamando o mandando un correo electrónico a la oficina correspondiente.
Otros
Los profesionales tienen la obligación de registrar la impugnación telemáticamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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a las 24 horas el árbitro convocará a las partes interesadas para que comparezcan.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Zaragoza. 976 715 945
Correo electrónico. Zaragoza. oprzaragoza@aragon.es
Presencial. Zaragoza (cita previa). Paseo Fernando el Católico, 63-65.
Teléfono. Huesca. 974 293 017
Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
Presencial. Huesca (cita previa). C/ Ricardo del Arco, 6, 2ª planta, 22.
Teléfono. Teruel. 978 641 182
Presencial. Teruel (cita previa). San Francisco, 1, 1ª planta.
Cita previa. Horario de atención al público de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Página web. Preguntas frecuentes sobre el registro de elecciones sindicales
Página web. Guía completa del registro de elecciones sindicales
Página web. Elecciones sindicales en Aragón
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Artículos 61 y siguientes
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Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa
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Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
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Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado
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Ayuda a la tramitación electrónica
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