Reintegro de la prestación farmacéutica de pensionistas titulares y beneficiarios
N° 2167
A través de este trámite, las personas pensionistas titulares y beneficiarias que tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Sistema de Salud de Aragón podrán solicitar el reintegro de la prestación farmacéutica ambulatoria cuando sobrepase los límites máximos establecidos por la normativa vigente.
La prestación farmacéutica ambulatoria es la que se dispensa al paciente mediante receta médica u orden de dispensación hospitalaria, a través de las oficinas o servicios de farmacia.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Pensionistas titulares y beneficiarios que tengan reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Sistema de Salud de Aragón.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Documentacion a adjuntar a la solicitud (Anexo III)
Se debe presentar SIEMPRE el Anexo III junto con el tiquet o factura de la farmacia, copia del anverso de la tarjeta sanitaria y copia de la receta o volante de instrucciones de la misma.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La documentación necesaria son todos los formularios a los que se hace referencia en esta Resolución se presentarán por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 dirigidos a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, Plaza de la Convivencia 2, 50017 Zaragoza.
El Anexo I y la ficha de terceros solo es necesario cuando el usuario quiera que el ingreso se le haga en una cuenta distinta a la que recibe la pensión (que es la cuenta en la que inicialmente se hace el abono)
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Presencial
-
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- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
SERVICIO DE FARMACIA
Normativa
Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios
Orden, de 21 de diciembre de 2012, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se establece el procedimiento para el reintegro de las aportaciones de los pensionistas titulares y beneficiarios de la prestación farmacéutica ambulatoria del Sistema Nacional de Salud que excedan de los límites máximos establecidos en la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Resolución, de 16 de enero de 2013, del Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, sobre el procedimiento para el reintegro de las aportaciones de los pensionistas titulares y beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria del Sistema Nacional de Salud y que excedan de los límites máximos establecidos en la Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios
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