Acceso a personas mayores a los hogares del IASS
N° 682
A través de este trámite, podrán adquirir la condición de socio en uno de los Hogares de Personas Mayores pertenecientes al Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), las personas mayores de 65 años. Excepcionalmente, personas de edad inferior que sean titulares de una pensión de jubilación o reúnan determinadas circunstancias personales descritas en el Reglamento de Régimen Interior de cada Hogar.
La finalidad de los Hogares es fomentar la sociabilidad, prevenir el aislamiento de las personas mayores, potenciar su participación social y ayudarles a mantener la capacidad intelectual activa.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Personas que reúnan los requisitos más abajo reseñados
Requisitos
- Tener cumplidos 65 años. Excepcionalmente podrán adquirir la condición de socio en uno de los Hogares de Personas Mayores pertenecientes al Instituto Aragonés de Servicios Social las personas de edad inferior que sean titulares de una pensión de jubilación o reúnan determinadas circunstancias personales descritas en el Reglamento de Régimen Interior de cada Hogar.
- No padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni psicopatías susceptibles de alterar la normal convivencia en el Hogar.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Solicitud
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesAcreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante
Certificado de pensionista
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La condición de socio/a se acreditará mediante documento de expedición gratuita y se perderá a petición propia, por sanción disciplinaria, o por fallecimiento.
La condición de socio/a sólo podrá mantenerse para uno de los Hogares de la red del Gobierno de Aragón, sin perjuicio de la utilización excepcional de los servicios de otros Hogares de dicha red.
Más normativa: Reglamento de Régimen Interior del Hogar que corresponda.
Presentación de la solicitud
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. iass@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES
Normativa
Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón
Orden, de 1 de marzo, del Departamento de Servicios Sociales y Familia, por la que se aprueba el Estatuto Básico de los Hogares de Personas Mayores del Instituto Aragonés de Servicios Sociales
Corrección de errores de 31 de mayo de 2004 de la Orden de 1 de marzo de 2004, del Departamento de Servicios Sociales y Familia, por la que se aprueba el Estatuto Básico de los Hogares de Personas Mayores del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Trámite presencial
Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.
Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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