Volver a Admisión a pruebas selectivas y liquidación de la tasa por derechos de examen en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón

Admisión a pruebas selectivas y liquidación de la tasa por derechos de examen en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón - Solicitud

N° 393

A través de este trámite se solicita la participación como aspirante en los distintos procesos selectivos de empleo público del Gobierno de Aragón.

Para la participación se tendrán que cumplir determinados requisitos, los correspondientes en cada caso, y se deberá pagar una tasa.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Requisitos

  • Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.
  • Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.
  • Poseer o estar en condiciones de obtener la titulación exigida.
  • Haber abonado la Tasa correspondiente

Pago de tasas

Código: Tasa 24, modelo 524

Descripción: Tasa por derechos de examen

Medio de pago: Pago telemático con tarjeta de crédito

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de reconocimiento del grado de discapacidad

    O copia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad. Deberá presentarse sólo en el supuesto de aspirantes con discapacidad procedentes de otras Comunidades Autónomas que precisen algún tipo de adaptación de tiempo y medios para la realización de los ejercicios.

  • Formulario de solicitud

    Incluirá la justificación del abono de la tasa correspondiente.

  • Relación de méritos

    Se presentará solo en el caso de ser concurso-oposición. No se incluirá la documentación acreditativa, ya que ésta última deberá presentarse una vez aprobada la fase de oposición.

  • Documento acreditativo de la exención del pago de la tasa

    Se presentará en el caso de que se de alguno de los supuestos de exención señalados en la convocatoria.

  • Documentación acreditativa para plazas reservadas

    Se presentará sólo en el caso de acceder a través del turno de discapacidad, o de optar a plazas reservadas a colectivos vulnerables según se exija en la convocatoria.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Puede consultar las convocatorias vigentes y acceder a los modelos de solicitud en Oferta de Empleo Público

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

Contacto y ayuda

  • Teléfono. 976 713 388
  • Correo electrónico. iaap@aragon.es
  • Presencial. Paseo María Agustín, 26 B, Zaragoza
  • Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Trámites relacionados

Subsanación

En plazo permanente

¿Te ha resultado útil esta página?

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web

Gracias por tu valoración

Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.