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Solicitud de declaración de situación legal de desempleo de cooperativas de trabajo asociado para sus socios/as trabajadores/as.

N° 9123

Este procedimiento regula el proceso de solicitud de declaración de situación legal de desempleo de cooperativas de trabajo asociado que soliciten ante la autoridad laboral la declaración de la situación legal de desempleo para sus socios/as trabajadores/as incluidos en el régimen general de la Seguridad Social o en alguno de los regímenes especiales que protegen la contingencia de desempleo, por concurrir causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor.

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Dirigido a

  • Cooperativas de trabajo asociado que soliciten ante la autoridad laboral la declaración de situación legal de desempleo para sus socios/as trabajadores/as incluidos en el régimen general de la Seguridad Social, o en alguno de los regímenes especiales que protegen la contingencia de desempleo, por concurrir causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor.

Requisitos

  • De los socios/as trabajadores/as:
    • Estar en situación legal de desempleo por concurrir causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor.
    • Haber cesado en la prestación del trabajo en la cooperativa, con carácter definitivo o temporal
    • Estar incluidos en el régimen general de la Seguridad Social o en alguno de los regímenes especiales que protegen la contingencia de desempleo.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Escrituras de constitución

  • Certificación del acuerdo de la asamblea

    Certificación literal del acuerdo de la asamblea general de la suspensión total y/o parcial, o cese definitivo, de la prestación de trabajo de los socios/as trabajadores/as.

  • Relación de personal afectado.

    Relación de socios /as trabajadores/as cuya declaración de desempleo se solicita, con indicación de los números de documento nacional de identidad, de afiliación a la Seguridad Social, fecha de ingreso en la cooperativa, especialidad, categoría o grupo profesional y declaración expresa, en el caso de la suspensión total y/o parcial de la jornada, de cada uno de los afectados sobre la duración de su jornada de trabajo durante los seis meses anteriores a la fecha de la solicitud. Si los trabajadores por cuenta ajena de la cooperativa estuviesen afectados por un expediente de regulación de empleo, se hará citación expresa del mismo.

    Descargar modelo Relación de personal afectado.
  • Memoria explicativa.

    Memoria explicativa de la causa justificativa del desempleo y las pruebas cuya aportación se estime necesaria. Cuando la causa sea económica se aportarán, además, los balances y cuentas de pérdidas y ganancias de los últimos tres años debidamente aprobados por los órganos competentes. En todo caso deberá aportarse un informe sobre los aspectos financieros, productivo, comercial y organizativo de la cooperativa.

  • Plan de acciones.

    Plan provisional de acciones empresariales para la recuperación del empleo elaborado por el Consejo Rector y aprobado por la asamblea general, acompañado de una propuesta de seguimiento periódico a realizar por la autoridad laboral, a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

  • Justificación de la duración de la suspensión.

    Justificación expresa de la duración de la suspensión solicitada.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el supuesto de suspensión total y/o parcial de la prestación de trabajo de los socios trabajadores:

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Validación de NIF de un contribuyente

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

30 días desde la presentación del escrito de iniciación.

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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