Solicitud de plazas en centros especializados de servicios sociales - Estancia temporal en centro residencial
N° 8884
A través de este trámite, se solicita el acceso al servicio de alojamiento temporal en un Centro Residencial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
Existen varias situaciones por las que se puede demandar este servicio, como el empeoramiento de la persona dependiente que no requiera atención hospitalaria, situación sobrevenida de la persona cuidadora que le impide el cuidado de la persona dependiente o descanso de la persona cuidadora.
Dirigido a
- Personas en situación de dependencia, personas con discapacidad tanto dependientes como no dependientes, mujeres mayores y mujeres con discapacidad en situación de violencia.
Requisitos
-
Los destinatarios deberán encontrarse en algunas de las siguientes circunstancias:
- Empeoramiento puntual de la persona dependiente, cuando se espere mejoría y no requiera atención hospitalaria, sino atención residencial temporal, siempre que se estime que la situación tendrá una duración máxima de 60 días
- Situación sobrevenida y temporal del cuidador que impide que pueda continuar prestando cuidados a las personas incluidas en el articulo anterior, siempre que se estime que la situación tendrá una duración máxima de 60 días.
- Descanso del cuidador
Documentación
Presentar en todos los casos:
Declaración Responsable (DRU)
Descargar modelo Declaración Responsable (DRU)Informe médico
Descargar modelo Informe médico
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Importes de Prestación de Desempleo Percibidos en un Periodo
Inscrito Demandante de empleo
Prestaciones Públicas del RPSP e Incapacidad Temporal, Maternidad y Paternidad
Situación Laboral en Fecha Concreta
Consulta de Vida Laboral Últimos 12 Meses
Consulta de bienes inmuebles
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
- La resolución de concesión de estancia temporal será competencia del Director Provincial del IASS correspondiente.
- La estancia temporal se disfrutará, con carácter general, por un máximo de 30 días. En el caso de los casos de empeoramiento y situación sobrevenida, se podrá prorrogar hasta otros 30 días.
- Tendrán preferencia para su adjudicación las solicitudes de estancias temporales por empeoramiento puntual de la persona dependiente, seguidas de las solicitudes por situación sobrevenida del cuidador.
- Habrá participación en la financiación del coste del servicio por parte de la persona usuaria (copago).
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES
Normativa
Orden ---/2013, de 24 de julio, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, la capacidad económica de los beneficiarios y su participación en el coste de los servicios, en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Orden ---/2015, de 16 de abril, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se regula el régimen de acceso y adjudicación de plazas de servicios de estancia diurna asistencial, estancia diurna ocupacional y alojamiento, ofertados por el Gobierno de Aragón.
Orden ---/2015, de 16 de abril, de corrección de errores de la Orden de 16 de abril de 2015, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se regula el régimen de acceso y adjudicación de plazas de servicios de estancia diurna asistencial, estancia diurna ocupacional y alojamiento, ofertados por el Gobierno de Aragón.
Orden CDS/533/2016, de 25 de mayo, por la que se modifica la Orden de 16 de abril de 2015, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se regula el régimen de acceso y adjudicación de plazas de servicio de estancia diurna asistencial, estancia diurna ocupacional y alojamiento, ofertados por el Gobierno de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
Descargar formularioNo olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
La resolución se dictará y notificará en los siguientes plazos: a) Estancias temporales por empeoramiento puntual de las personas beneficiarias y por situación sobrevenida del cuidador, plazo máximo d...
La resolución se dictará y notificará en los siguientes plazos: a) Estancias temporales por empeoramiento puntual de las personas beneficiarias y por situación sobrevenida del cuidador, plazo máximo de 15 días contados desde día siguiente al de la entrada de la solicitud en el Registro de la Dirección Provincial competente para tramitar el expediente. b/Para estancias temporales por descanso del cuidador: con una antelación mínima de un mes respecto del comienzo del descanso.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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