Pruebas de habilitación de guías de turismo y de ampliación de idiomas para guías ya habilitados - Convocatoria 2022
N° 1831
A través de este trámite, las personas físicas que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán solicitar la participación en las pruebas que se convoquen para conseguir la habilitación como Guía de Turismo de Aragón o para la ampliación de idiomas.
Dirigido a
- Personas físicas que soliciten la habilitación o ampliación de idiomas
Requisitos
- Tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea, de un país asociado al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de un país con convenio de reciprocidad con España en este ámbito. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Asimismo, podrán acceder a la habilitación los extranjeros residentes en España que tengan reconocido el derecho a ejercer una actividad remunerada por cuenta propia o ajena de conformidad con la normativa vigente.
- Estar en posesión de cualquier titulación oficial universitaria o de un título de formación profesional de grado superior. En el caso de títulos extranjeros, deberá acreditarse su homologación por parte de la autoridad competente.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Fotografía de carnet
Fotografía de carnet en formato JPG y en color a 300 puntos por pulgada (ppp) de resolución en tamaño 30x40 mm del rostro
Acreditación del conocimiento de idiomas
En el caso de solicitar la exención de prueba de idiomas, documento que acredite el conocimiento en el idioma o los idiomas que has declarado poseer
Títulos obtenidos en el extranjero
En el caso de títulos obtenidos en el extranjero deberá aportarse la homologación otorgada por la autoridad competente o el título original para su valoración, según corresponda
Documento que acredite la nacionalidad de persona extranjera
En el caso de personas extranjeras aportar el NIF o documento oficial que acredite su nacionalidad. En su caso, convenio de reciprocidad suscrito, a los efectos previstos en la base 2.1.a) de esta convocatoria, entre el Reino de España y el país de procedencia del solicitante
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesTítulos Universitarios por Datos de Filiación
Títulos No Universitarios por Datos de Filiación
Verificación de Datos de Identidad
Información adicional
Para la admisión de títulos y certificados oficiales se estará a lo dispuesto en la Orden de 11 de noviembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula el reconocimiento de la acreditación de la competencia lingüística conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
En el caso del idioma portugués, serán admitidos el Certificado de Nivel Avanzado (B2) de las Escuelas Oficiales de Idiomas, el CertAcles B2 de la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior o el Diploma Intermédio de Português Língua Estrangeira DIPLE del Centro de Avaliaçao de Português Língua Estrangeira (CAPLE) de la Universidade de Lisboa.
Serán admitidos también los títulos oficiales universitarios en materia de estudios o traducción de lenguas extranjeras.
Para determinadas actuaciones relativas a la habilitación de guías de turismo de Aragón, tales como la reexpedición del carné o su modificación, puedes consultar los siguientes trámites.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 734
- Correo electrónico. sot@aragon.es
- Teléfono. 976 714 109
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA
Normativa
Orden ICD/1741/2022, de 1 de diciembre, por la que se convocan pruebas de habilitación para el ejercicio de la actividad de Guía de turismo y para la ampliación de idiomas de Guías de turismo con habilitación en vigor otorgada por la Comunidad Autónoma de Aragón
Decreto 21/2015, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de Guías de Turismo
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 02/12/2022 al 04/01/2023
Fuera de plazo
20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el BOA de la convocatoria
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses desde la declaración de la Comisión Evaluadora
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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