Ayudas para el acondicionamiento de alojamientos de personas trabajadoras temporales del sector agropecuario en Aragón - Convocatoria 2023
N° 9601
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas para el acondicionamiento de alojamientos de personas trabajadoras temporales del sector agropecuario en Aragón.
Estas ayudas están dirigidas a empresarios y empresas individuales, empresas y cooperativas agrarias.
Dirigido a
- Empresas y cooperativas agrarias que se encuentren legalmente constituidas, realicen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, lleven a cabo alguna de las acciones subvencionables señaladas en esta orden y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 de las bases reguladoras de esta convocatoria
- Empresarios y empresarias individuales que con el fin de alojar a personas trabajadoras temporales de acuerdo con la definición del apartado cuarto de esta orden, realicen las acciones de acondicionamiento de plazas de alojamiento necesarias
- Cooperativas agrarias que acondicionen plazas de alojamiento destinadas a albergar a trabajadores y trabajadoras de temporada contratados por otras empresas
Requisitos
- Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, lo que deberá acreditarse conforme a lo establecido en el apartado 7 del artículo citado.
- Cumplir los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, apartado b) del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, de Subvenciones de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable.
- Cumplir los requisitos exigidos en la normativa ambiental. Para ello, el solicitante hará declaración responsable de dicho cumplimiento, que será verificado por el órgano instructor de la Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social solicitando su informe al Departamento correspondiente en materia de medio ambiente.
- No haber sido sancionado mediante Resolución administrativa firme por la autoridad laboral competente, con las sanciones accesorias de exclusión de acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46 bis del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y sanciones en el orden Social.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Informe de plantilla
Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de la plantilla media de personas trabajadoras en situación de alta del 1 de enero de 2022 a fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Informe de trabajadores en fecha
Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social Trabajadores en Alta a fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Informe de personas trabajadoras
Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de personas trabajadoras en Alta correspondiente al periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 y del 1 de enero de 2023 a fecha publicación de la presente convocatoria.
Memoria del alojamiento
Memoria explicativa, en la que se expresará las características de los alojamientos a subvencionar, concretando las condiciones en las que se encuentren inicialmente los alojamientos (condiciones estructurales, instalaciones de electricidad, fontanería, eficiencia energética, etc) y el detalle de las obras de acondicionamiento o ampliación que se vaya a realizar, así como las características y el número de módulos que se pretenden comprar o alquilar. Se indicará la ubicación, el número de plazas que ya disponga la persona o entidad solicitante, y el número de plazas nuevas que se deseen habilitar, las fechas en las que se pretende la contratación de los trabajadores y trabajadoras temporales, la valoración económica del proyecto subvencionado detallado, acompañando las facturas o los presupuestos con identificación, en cada caso, del acreedor, concepto, importe y fecha de emisión, de las obras de acondicionamiento o ampliación, compra o alquiler de módulos, así como, la fecha orientativa en la que se iniciarán las obras y fecha orientativa en la que se pretende que finalicen.
Certificado de derecho
Certificación del derecho para ejercer la acción subvencionable sobre el bien inmueble, durante un periodo de diez años.
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En el caso de acondicionamiento del inmueble, además se deberá aportar
Proyecto de ejecución
En el caso de obra mayor: Proyecto de ejecución de obra mayor, completo en todos sus términos, visado y sellado por el Colegio Oficial correspondiente. Dicho proyecto deberá responder en su contenido y alcance al previsto en la memoria valorada que se adjunta a la solicitud, o en su caso, el compromiso de su entrega junto a la comunicación del inicio de la obra.
Licencia Municipal de Obra
Licencia municipal de obra, si es necesaria o el compromiso de su entrega junto a la comunicación del inicio de la obra.
Escritura de propiedad del inmueble o copia del alquiler del contrato celebrado
En caso de acondicionamiento de inmueble existente: Escritura de propiedad del inmueble o copia del alquiler del contrato celebrado con el adjudicatario.
Autorización de fosa séptica
En el caso de alojamientos que dispongan de fosa séptica por estar alejados del núcleo urbano sin conexión a su red de saneamiento, autorización del organismo competente de la instalación de fosa séptica o, en su caso, gestión de residuos, adecuada al número de usuarios del alojamiento.
En el caso de compra o alquiler de instalaciones modulares, además se deberá aportar
Factura proforma o contrato de compra de las instalaciones
Autorización de fosa séptica
Autorización del organismo competente, de la instalación de fosa séptica o, en su caso, gestión de residuos, adecuada al número de usuarios del alojamiento, si el alojamiento por encontrarse ubicado alejado del núcleo urbano, no dispusiera de conexión a red de saneamiento o el compromiso de su entrega junto a la comunicación de la finalización de la obra.
En el caso de ser subvencionable la adquisición de equipamiento y mobiliario básico, por existir presupuesto disponible
Facturas o presupuestos
En su caso, la factura o el presupuesto, con identificación del acreedor, concepto, importe y fecha de emisión, del equipamiento y/o mobiliario básico que se pretende subvencionar.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Validación de NIF de un contribuyente
Información adicional
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Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
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Contacto y ayuda
- Teléfono. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. 976 715 920
- Correo electrónico. trabajo@aragon.es
- Presencial. Horario de oficina de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
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- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Normativa
Orden 300/2023, de 15 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la financiación del acondicionamiento de alojamientos destinados a personas trabajadoras temporales del sector agropecuario en Aragón para el año 2023
Orden EPE/1020/2021, de 12 de agosto, por la que se modifica la Orden EIE/271/2017, de 21 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales
Orden EPE/297/2021, de 22 de marzo, por la que se modifica la Orden EIE/271/2017, de 21 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales
Orden EIE/271/2017, de 21 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 28/03/2023 al 19/04/2023
Fuera de plazo
El plazo para la presentación de la solicitud será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón"
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Plazo para la notificación de la resolución: 3 meses máximo, contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de r...
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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