Subvenciones para la realización de eventos y actividades de promoción, divulgación y difusión de la ciencia, la investigación y el desarrollo tecnológico. - Convocatoria 2024
N° 10418
A través de este trámite se puede presentar una solicitud para optar a una subvención para la realización de eventos y actividades en los que se promueva, difunda y divulgue la cultura científica, la investigación y el desarrollo tecnológico.
Estas ayudas las pueden demandar universidades públicas y privadas, organismos públicos de investigación y cualquier centro de I+D+i dependiente de las Administraciones Públicas a través de sus centros, institutos y oficinas. Además, las pueden solicitar entidades que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
Dirigido a
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Podrán tener la condición de personas beneficiarias:
- Las universidades públicas y privadas, los organismos públicos de investigación y cualquier centro de I+D+i dependiente de las Administraciones Públicas a través de sus centros, institutos y oficinas.
- Las entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que realicen tareas de intermediación entre los agentes del sistema ciencia-tecnología-empresa con el fin de dinamizar y fomentar las relaciones entre ellos.
- Cualquier otra entidad, pública o privada, sin ánimo de lucro, tales como sociedades científicas, fundaciones, colegios profesionales y similares dotadas de personalidad jurídica propia con capacidad y actividad demostrada en actividades relacionadas con la I+D+i.
Requisitos
- Eventos científicos: los eventos serán reuniones científicas, congresos, simposios, salones, seminarios, foros, jornadas y otras actividades similares, destinadas a la finalidad descrita en el apartado primero destinados al intercambio de ideas, discusión, presentación de comunicaciones sobre resultados recientes de investigaciones en curso y/o conferencias, sobre una temática concreta.
- Actividades de divulgación y difusión de la ciencia, la investigación y el desarrollo tecnológico para acercar los mismos a la sociedad, especialmente a escolares y jóvenes no universitario/as.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Memoria
Memoria detallada de la actividad a subvencionar de conformidad con el Anexo I de la presente convocatoria.
Los documentos que no puedan presentarse en la memoria por su formato, deberán ser indicados en la misma y aportarse en formato pdf en la pantalla "Aportar Documentos" del trámite, en el apartado “Documentación adicional”.
Descargar modelo MemoriaPresupuesto
Presupuesto detallado de ingresos y gastos totales de conformidad con el Anexo II de la presente convocatoria.
Los documentos que no puedan presentarse en la memoria por su formato, deberán ser indicados en la misma y aportarse en formato pdf en la pantalla "Aportar Documentos" del trámite, en el apartado “Documentación adicional”.
Descargar modelo Presupuesto
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Información adicional
Instrucciones para presentar la solicitud:
1. La presentación de la solicitud será a través del Tramitador on line, y contará con un plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria (previsto en el apartado noveno, punto 1, de la orden de convocatoria).
2. Las declaraciones responsables recogidas en el apartado décimo de la orden de convocatoria están integradas, como parte de la solicitud, en el Tramitador on line.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 715 649
- Correo electrónico. idi.ciencia@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN
Normativa
Orden ECU/733/2024, de 2 de julio, por la que se convocan subvenciones para la realización de eventos y actividades de promoción, divulgación y difusión de la ciencia, la investigación y el desarrollo tecnológico en Aragón, durante el año 2024.
Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad.
Orden CUS/968/2023, de 25 de julio, por la que se modifica la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 11/07/2024 al 31/07/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Tres meses a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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