Título de familia monoparental
N° 2162
A través de este trámite, las familias monoparentales que cumplan los requisitos exigidos podrán solicitar el título que las reconozca como tal.
Este título oficial de familia monoparental permite el acceso a determinados beneficios y ventajas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Dirigido a
- Todas las personas que integran la unidad familiar que cumplan los requisitos establecidos en la normativa que regula el reconocimiento del Título de Familia Monoparental en Aragón
Requisitos
-
Requisitos persona que encabeza la unidad familiar:
- Estar empadronada en algún municipio de Aragón con un período mínimo de doce meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
-
Requisitos de los/as hijos/as:
- Ser menores de 26 años. Salvo en los casos en que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
- Convivir con la persona progenitora. Salvo por separación transitoria, con una duración inferior a dos años, motivada por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación, internamiento u otras causas similares, incluyendo los supuestos de fuerza mayor, 1que no rompa la convivencia entre la persona progenitora y los hijos e hijas, aunque sea consecuencia de un traslado temporal al extranjero.
- Depender económicamente de la persona progenitora. Se considera que existe dependencia económica cuando el hijo o hija obtenga unos ingresos inferiores, en cómputo anual, al IPREM, incluidas las pagas extraordinarias.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Copia resolución admisión procedimiento judicial abandono de familia
Así como la reclamación de la guarda y custodia de los hijos e hijas menores por la persona que encabeza la unidad familiar, o copia de la resolución de los procesos judiciales instados. En caso de abandono de familia.
Copia sentencia condenatoria delito violencia de género
O de la orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima o informe emitido por organismo competente. En caso de víctimas de violencia de género.
Anexo autorizaciones para tramitación telemática (TTO)
Descargar modelo Anexo autorizaciones para tramitación telemática (TTO)Fotocopia certificado de defunción ascendiente fallecido
En el supuesto de no figurar en el libro de familia. En caso de viudedad o situación equiparada.
Declaración jurada
Descargar modelo Declaración juradaCopia resolución judicial firme guarda y custodia
En la que se establezca la guarda y custodia de los hijos e hijas, la obligación del pago de la pensión por alimentos, así como la admisión a trámite de la reclamación judicial de las pensiones impagadas. En caso de impago de pensiones de alimentos.
Solicitud
Libro o libros de familia
Copia de los libros completos, o certificado registral individual, resolución judicial o administrativa según proceda de adopción, tutela o acogimiento familiar.
Declaración jurada
Declaración jurada de la persona que encabeza la unidad familiar de no mantener una relación de afectividad análoga a la conyugal.
Registro Administrativo de Parejas estables no casadas del Gobierno de Aragón
Certificado negativo de inscripción en el Registro.
Certificado de estado civil
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesAcreditación de la identidad de la persona interesada y/o representante
Certificado de empadronamiento
Datos de residencia tanto de la persona solicitante como del resto de personas de la unidad familiar.
Certificado de ingresos de la unidad familiar
Resolución del reconocimiento de discapacidad
Tanto de la persona solicitante como del resto de personas de la unidad familiar.
Inscripción en el Registro de Parejas Estables No Casadas
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioPresentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976714392 / 976715973
- Correo electrónico. familiasecretaria@aragon.es
- Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA, INFANCIA Y NATALIDAD
Normativa
Ley 9/2014, de 23 de octubre, de Apoyo a las Familias de Aragón
Orden CDS/384/2019, de 4 de abril, por la que se regulan los requisitos para la calificación de familia monoparental y el procedimiento de reconocimiento y expedición del Título de Familia Monoparental de la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para su tramitación
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.