Trámite de alegaciones a una propuesta de gestión tributaria
En plazo permanente
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Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
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A través del registro electrónico general.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
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Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
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A través del registro electrónico general.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite el obligado tributario o su representante legal podrá presentar alegaciones y aportar los documentos y justificantes necesarios para la defensa de sus intereses o, en su caso, prestar su conformidad a la propuesta.
Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:
Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
A través del registro electrónico general.
Otras acciones
Dirigido a
- Obligados tributarios.
- Representante legal (aportar modelo de representación).
Requisitos
- Los plazos para presentar alegaciones varían entre 10 y 15 días hábiles, dependiendo del procedimiento tributario, contados a partir del día siguiente al de la recepción del la notificación de la propuesta.
- Para el cálculo de los días hábiles no se tienen en cuenta los sábados, domingos y festivos.
- Se puede solicitar una ampliación de plazo:
- La solicitud de la ampliación debe presentarse antes de los 3 últimos días hábiles del plazo de los 10 o 15 días iniciales (según corresponda).
- La ampliación se entenderá automáticamente concedida y será como máximo la mitad de los plazos iniciales, es decir, 5 o 7 días hábiles más en función del plazo incial.
- La ampliación del plazo solo se puede solicitar una vez.
- Puede consultar su expediente para preparar las alegaciones siempre que el plazo para presentarlas siga abierto.
- Pida cita previa en la oficina gestora de su expediente.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Documentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Modelo de representación para trámites tributarios
La representación podrá acreditarla por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, siendo válidos a estos efectos los documentos normalizados que apruebe la Administración Tributaria (artículos 45 y ss de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
- Una vez finalizado el plazo (10 o 15 días) para presentar alegaciones no se podrán incorporar la expediente más documentos, justificantes o pruebas.
- El escrito de alegaciones, así como los documentos, justificantes y pruebas aportadas, serán debidamente estudiados y examinados por la Administración Tributaria de Aragón antes de notificar la resolución que corresponda.
- Si decide dar su conformidad a la propuesta o no presenta alegaciones, la resolución se dictará en los mismos términos que la propuesta recibida.
- Si la resolución final es una liquidación provisional recuerde que llevará los intereses de demora que puedan corresponder.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Zaragoza. Información general 976 715 209
Correo electrónico. tributos@aragon.es
Teléfono. Huesca. Información general 974 293 166
Teléfono. Teruel. Información general 978 641 049
Página web. Cita previa de lunes a viernes de 9:00h a 14:00h
Presencial. Zaragoza. Oficina central (Pedir cita previa) Joaquín Costa, 18
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (artículos 34, 68, 99).
-
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (artículo 96).
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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