Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades locales - Eficiencia energética - Convocatoria 2024
N° 10394
A través de este trámite, se pueden presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para realizar obras de conservación y rehabilitación de edificaciones, así como de renovación o instalación y puesta en servicio de sistemas de calefacción y refrigeración, dirigidas a la mejora de la eficiencia energética de inmuebles de titularidad municipal de pleno dominio o a disposición de la entidad en virtud de otros títulos, destinados a equipamientos y servicios, a cargo del Fondo de Cohesión Territorial.
Dirigido a
- Municipios aragoneses que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria en relación a la clasificación en la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón y al Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas.
Requisitos
- En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.
- Las actuaciones objeto de subvención deberán haber sido ejecutadas entre el día 1 de enero de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, circunstancia que se acreditará con la fecha de la emisión de la correspondiente factura.
- La acreditación del ahorro energético derivado de la actuación subvencionable se realizará mediante certificado de eficiencia energética previo y posterior a la intervención, suscrito por técnico competente.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Memoria descriptiva de las actuaciones para las que se solicita subvención firma
Descargar modelo Memoria descriptiva de las actuaciones para las que se solicita subvención firmaCertificación energética
Certificación energética suscrita por técnico competente previo a la actuación, que acredite el grado de eficiencia energética del inmueble objeto de la intervención.
Certificado de titularidad
Certificado expedido por el Secretario o Secretaria de la entidad local, en el que se acredite la plena titularidad municipal o de uso del inmueble donde se ubicará el objeto de la subvención. La entidad local ha de ser titular del inmueble o inmuebles a rehabilitar con anterioridad a la expiración del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria.
Certificado de cumplimiento de requisitos
Certificado del secretario o secretaria del Ayuntamiento, acreditativo del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de la subvención y de los datos necesarios para realizar la valoración.
Certificado medidas racionalización del gasto
Certificado del secretario o secretaria de la entidad local, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores.
Descargar modelo Certificado medidas racionalización del gastoProyecto técnico o memoria valorada suscrito por técnico competente
Proyecto técnico o memoria valorada suscrito por técnico competente, que deberá contener los datos previstos en la convocatoria
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En caso de que la solicitud no se presente con certificado de representante
Acreditación de la representación
Acreditación de que la persona que actúa como representante tiene poder de representación. No será necesario si la solicitud se presenta mediante certificado electrónico de representante.
Acreditación de la representación de la entidad local
Certificado expedido por el secretario de la entidad local, que confirme la identidad de la persona que firma la solicitud como alcalde-presidente del municipio (representante legal de la entidad) en el caso de que la solicitud la firme con un certificado de persona física. No será necesario si la solicitud se presenta mediante certificado electrónico de representante.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 807
- Teléfono. 976 716 644
- Teléfono. 976 716 881
- Correo electrónico. dgdespoblacion@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN
Normativa
Orden DDJ/945/2024, de 12 de julio, por la que se convocan subvenciones a entidades locales para la realización, durante los años 2024 y 2025, de actuaciones destinadas a mejorar la eficiencia energética en inmuebles de titularidad municipal, en el marco de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación, con cargo al Fondo de Cohesión Territorial
Orden ORDEN DDJ/260/2024, de 13 de marzo, por la que se convocan subvenciones para la realización, durante el año 2024, de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro
Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial
Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón
Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación
Orden VMV/1076/2023, de 8 de agosto, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2022 y otras variables socioeconómicas.
Orden VMV/1495/2021, de 2 de noviembre, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2020 y otras variables socioeconómicas (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023)
Orden DDJ/466/2024, de 6 de mayo, por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
Orden VMV/1789/2021, de 22 de diciembre, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2021 (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023).
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 22/08/2024 al 02/10/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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