Gestión de autorizaciones para espectáculos públicos - Comunicación de celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias
N° 1902
A través de este trámite se comunica la celebración de un espectáculo o actividad recreativa ocasional o extraordinaria a la Subdelegación del Gobierno de la provincia y al Centro de Emergencias 112 SOS Aragón.
Dirigido a
- La Administración que autoriza el evento y/o promotor u organizadores privados
Requisitos
-
Los espectáculos públicos o actividades recreativas ocasionales o extraordinarias serán objeto de comunicación, conforme al modelo del anexo del Decreto 148/2018, de 26 de julio.
- En los establecimientos públicos permanentes:
- En municipios con más de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 500 personas.
- En municipios con menos de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 250 personas.
- En los espacios abiertos acotados:
- En municipios con más de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 10.000 personas.
- En municipios de menos de 25.000 habitantes, cuando el aforo exceda de 2.500 personas.
- En los espacios abiertos al libre tránsito de personas, con o sin techo cuando el número de asistentes previsto sea igual o superior a 10.000 personas.
- Por motivos de seguridad:
- Los espectáculos públicos o actividades recreativas que estén excluidos de la autorización del artículo 10 y siguientes del Decreto 148/2018, de 26 de julio, porque son organizados por las Entidades Locales o por el Gobierno de Aragón en los establecimientos públicos con título de intervención que ampare el espectáculo público o la actividad recreativa habitual, directamente o a través de entidades o comisiones previamente habilitadas al efecto por aquéllos, en los supuestos recogidos en el número 1).
- Los espectáculos públicos y actividades recreativas que se organicen en espacios abiertos al libre tránsito de personas, con o sin techo por las Entidades Locales o por el Gobierno de Aragón, cuando el número de asistentes previsto sea igual o superior a 10.000 personas.
- Corresponde al órgano que autoriza remitir la comunicación al Centro de Emergencias SOS Aragón y a la Subdelegación de Gobierno de la provincia con una antelación mínima de 72 horas a la celebración del evento.
Documentación
No es necesario aportar documentos adicionales al realizar este trámite
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La comunicación se enviará debidamente firmada y sellada a sosaragon@aragon.es y a la Subdelegación del Gobierno de la provincia correspondiente, con una antelación mínima de 72 horas a la celebración del espectáculo o actividad.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 443
- Correo electrónico. espectaculospublicos@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Decreto 143/2018, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la celebración de los espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario y se establecen medidas para la mejora de la convivencia en la celebración de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas
Orden PRE/665/2017, de 22 de mayo, por la que se estable el procedimiento de solicitud y tramitación de la autorización de los espectáculos públicos o actividades recreativas ocasionales y extraordinarias
Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentación¿Cómo realizar este trámite?
Ver el vídeoTrámites relacionados
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.