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Impuesto sobre sucesiones y donaciones - Solicitud de prórroga

N° 10601

A través de este trámite la persona interesada podrá solicitar PRÓRROGA para presentar el impuesto sobre sucesiones dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento del causante.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Obligados tributarios y/o sus representantes
    • En concreto, personas físicas herederas, albaceas o administradoras del caudal hereditario.
    • También pueden solicitarlo en representación de las anteriores cualquier otra persona debidamente representada.

Requisitos

  • Son obligados tributarios las personas físicas con residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • La residencia habitual viene determinada en el artículo 28.1.1º b) de la Ley 22/2009 de financiación de las Comunidades Autónomas.
  • La solicitud debe presentarse dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento del causante.
  • Sólo es posible presentar la solicitud de prórroga para la presentación del impuesto cuando el hecho imponible sea la adquisición de bienes o derechos por:
    • Herencia
    • Legado
    • Cualquier otro título sucesorio.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de defunción

  • Relación e identificación de los posibles herederos

  • Inventario de bienes y derechos del causante (persona fallecida)

    Deberás dar un valor a todos y cada uno de los bienes y derechos. Si lo desconoces da un valor aproximado.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Si actúas como representante de los interesados en el procedimiento

  • Modelo de representación para los procedimientos tributarios

    En el caso de actuar con representante deberás acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, siendo válidos a estos efectos los documentos normalizados que apruebe la Administración Tributaria (artículo 45 y ss de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).

    Descargar modelo Modelo de representación para los procedimientos tributarios

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

  • La solicitud se entiende concedida por silencio administrativo si transcurrido un (1) mes desde la presentación no has recibido resolución de la misma.
  • El periodo de prórroga se extiende 6 meses más desde la fecha de la finalización del plazo voluntario (6 meses desde el fallecimiento) de presentación del impuesto.
  • Si te conceden la prórroga tendrás que pagar intereses de demora por el periodo que utilices de esos 6 meses más de plazo, siempre que la autoliquidación del impuesto sea a ingresar.
  • Cada heredero solicitará la prórroga en su nombre o uno en nombre y representación de todos ellos.
  • La notificación de la resolución se realizará por el medio que hayas elegido en el modelo de solicitud. Para recibir la notificación electrónica no olvides indicar una dirección de correo electrónico.

    Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Localizar la oficina tributaria (ver enlace en información adicional).

Solicitar cita previa.

Presentar la autoliquidación del impuesto y toda la documentación.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

Consultar documentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Un mes desde la presentación de la solicitud.

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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¿Cómo realizar este trámite?

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