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Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados - Autoliquidación del impuesto, en general

N° 1936

A través de este trámite, las personas obligadas podrán realizar la autoliquidación, en general, de todos los hechos imponibles del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Transmisiones de bienes y derechos, en general
    • El adquirente
  • Constitución de derechos reales
    • Persona a favor de quien se realice la constitución
  • Constitución de fianzas
    • Acreedor afianzado
  • Arrendamientos
    • El arrendatario
  • Actos jurídicos documentados
    • El adquirente del bien o derecho
    • En ocasiones las personas que insten o soliciten los documentos o en cuyo interés se expidan
  • Operaciones societarias
    • la sociedad
    • Los socios en la disolución y liquidación

Requisitos

  • Cuándo hay que liquidar el impuesto en nuestra Comunidad Autónoma:
    • Bienes inmuebles: cualquier hecho imponible relacionado con inmuebles situados en Aragón (compraventas, arrendamientos, préstamos hipotecarios, cancelaciones de hipoteca...).
    • Bienes muebles (vehículos, obras de arte, dinero...): cuando la persona que adquiere estos bienes tiene su residencia habitual en Aragón.
    • Operaciones societarias: cuando la sociedad tiene su domicilio social / fiscal en Aragón.
  • Plazo para presentar las autoliquidaciones:
    • Un mes desde el día siguiente a la realización del acto o contrato.
    • Cuando el último día del plazo coincide con sábado, domingo o festivo se podrá presentar hasta el primer día hábil siguiente.
    • El plazo se cuenta de fecha a fecha. Si en el mes que vence el plazo no hay día equivalente al del inicio del cómputo se entiende que el plazo termina el último día del mes.
      • Ejemplo: hecho imponible el 31 de marzo, por tanto el último día de plazo será el 30 de abril siempre que no coincida con sábado, domingo o festivo.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Escritura original y copia simple o Documento privado

    Aportar el documento que proceda siempre que contenga la realización del hecho imponible que se va a autoliquidar.

  • Si te has aplicado algún beneficio fiscal o tipo impositivo reducido

    Aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos para poder beneficiarte.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Presentación presencial

  • Autoliquidación del impuesto

    Si tienes que pagar por la realización del hecho imponible, antes debes acudir a alguna de las entidades financieras que colaboran con el Gobierno de Aragón (ver la información en el apartado de documentos y enlaces de interés)

Información adicional

A.- Programas para confeccionar las autoliquidaciones:

1.- Servicio de presentación telemática de tributos, portal de transmisiones patrimoniales:

  • Permite la confección, pago (a través de entidad colaboradora) y presentación telemática de autoliquidaciones.
  • Obligatorio para los profesionales.
  • Particulares con firma digital:
    • DNIe/Certificado electrónico
    • Cl@ve nivel avanzado

2.- PATRAPA WEB:

  • Sólo para particulares sin firma digital.
  • Confección de las autoliquidaciones en PDF.
  • Pago en entidades colaboradoras (ver enlace en información adicional).
  • La presentación debe ser presencial, en nuestras oficinas tributarias.

B.- Oficina tributaria competente (consulta el enlace en información adicional):

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

Presencial

1. Confeccionar (PATRAPA WEB) y pagar la autoliquidación (ver entidades financieras colaboradoras)

2. Localizar la oficina tributaria (información adicional)

3. Solicitar cita previa

4. Presentar la autoliquidación del impuesto y toda la documentación

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

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Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es

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