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Instalaciones petrolíferas para suministro a vehículos - Comunicación de resultado de inspección periódica

N° 9950

A través de este trámite, el Organismo de Control habilitado en este ámbito reglamentario podrá comunicar el resultado de las inspecciones periódicas realizadas sobre las instalaciones destinadas al suministro de combustibles y carburantes, así como a instalaciones mixtas con otras formas de energía técnicamente disponibles para el suministro a vehículos.

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Dirigido a

  • Organismos de control: Será quien comunique el resultado de la inspección periódica realizada sobre la instalación

Requisitos

  • Instalaciones destinadas al suministro de combustibles y carburantes, así como las instalaciones mixtas con otras formas de energía técnicamente disponibles para el suministro a vehículos.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de la inspección

    Certificado de la inspección, suscrita por Organismo de Control habilitado.

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

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  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

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