Registro de elecciones sindicales de personal funcionario - Comunicación de bajas y sustituciones
N° 9106
Comunicación de bajas y sustituciones de representantes de personal funcionario, que se debe realizar obligatoriamente a la oficina pública de registro en caso de que se produzca la baja de algún delegado/a de personal o miembro de la junta de personal.
Dirigido a
- Delegado/a de personal
- Miembro de la junta de personal
- Funcionario del organismo designado para comunicar la revocación (solo para el supuesto de revocación)
- Sindicato autorizado por delegado/a de personal o miembro de la junta de personal para comunicar a la oficina la modificación
Requisitos
- Las sustituciones, revocaciones, dimisiones y extinciones de los mandatos, se comunicarán a la oficina pública de registro y a la Administración ante quien se ostente la representación, publicándose, asimismo, en el tablón de anuncios.
- En caso de revocación, es necesario haber convocado asamblea al efecto, a instancia de un tercio como mínimo de los electores y por acuerdo adoptado por mayoría absoluta de estos. Se deberá comunicar a la oficina pública la voluntad de proceder a la revocación con una antelación mínima de 10 días. No podrá efectuarse revocación hasta transcurridos 6 meses desde la elección.
- El representante del personal funcionario que ha causado baja será sustituido por un suplente, si lo hay, según los resultados de las últimas elecciones: En caso de delegado de personal, le sustituirá la siguiente persona más votada. En caso de miembro de junta de personal, le sustituirá el siguiente de la lista de su candidatura.
- En caso de no existir candidatos suplentes o agotarse los mismos, se podrá promover la realización de nuevas elecciones parciales (para elegir alguno de los puestos vacantes hasta que finalice el mandato) o elecciones totales (en caso de que hayan causado baja todos los representantes).
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En los supuestos en que existen delegados de personal o miembros de la junta de personal electos distintos de la persona que causa baja
Certificado de sustitución de representantes del personal empleado público
Certificado firmado por delegado/a de personal o miembro de la junta de personal, en el que se indicará la/s persona/s que causa baja (igual cesan como representantes, por dimisión o cualquier otra causa acreditada) y señalará, siguiendo el orden de sustitución, la/s persona/s que causa: alta (igual a persona que va a pasar a ser representante en sustitución de quien ha causado baja), renuncia (igual a persona a la que le correspondería según el resultado electoral pasar a sustituir a quien ha causado baja, pero no va a hacerlo por renuncia u otra causa acreditada).
Descargar modelo Certificado de sustitución de representantes del personal empleado público
Dimisión como representante
Escrito de dimisión como representante
Incluyendo la fecha y la firma de la persona que causa la baja.
Cese del funcionario/a por cualquier causa (cese, traslado, jubilación, fallecimiento, etc.)
Certificado del organismo
Diligencia de cese o certificado emitido por el organismo ante quien ostente la representación en el que conste que ha causado baja como funcionario del mismo. No es necesario indicar la causa.
Revocación de representante
Convocatoria de la asamblea de personal funcionario para la revocación
Comunicación con una antelación mínima de diez días, adjuntando los nombres y apellidos y firmas del personal funcionario que convocan la asamblea, que deberán ser, como mínimo, un tercio de los electores e indicando en el orden del día que el objeto de la asamblea es la revocación del representante/s.
Acta de la asamblea de revocación
Acta de la asamblea en la que conste las personas asistentes y acuerdo de revocación por mayoría absoluta de los/as electores/as, indicando el resultado de la votación y la persona designada para realizar la comunicación a la oficina pública de registro.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Las comunicaciones fraudulentas podrían provocar violación de derechos y libertades sindicales garantizadas por la jurisdicción social y penal.
En caso de revocación, hay que comunicar por escrito a la oficina la voluntad de proceder a la revocación con una antelación mínima de 10 días, adjuntando a la comunicación los nombres y apellidos y firmas de los funcionarios que convocan la asamblea, que deberán ser, como mínimo, un tercio de los electores.
Para comunicar esta convocatoria previamente a la sustitución, puedes hacerlo utilizando el Registro Electrónico General de Aragón.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Zaragoza. 976 715 945
- Correo electrónico. Zaragoza. oprzaragoza@aragon.es
- Presencial. Zaragoza. Paseo Fernando el Católico, 63-65 (cita previa).
- Teléfono. Huesca. 974 293 017
- Correo electrónico. Huesca. trabajohu@aragon.es
- Presencial. Huesca. Ricardo del Arco, 6, 2ª planta, 22 (cita previa).
- Teléfono. Teruel. 978 641 182
- Correo electrónico. Teruel. trabajote@aragon.es
- Presencial. Teruel. San Francisco, 1, 1ª planta (cita previa).
- Página web. Elecciones sindicales en Aragón
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Normativa
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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