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Registro de elecciones sindicales de personal laboral - Acta electoral

N° 110

A través de este trámite, se registra y se deposita la información referente a las elecciones de representantes de los trabajadores/as en las empresas o en los centros de trabajo de Aragón.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Dirigido a

  • Presidente/a de la mesa electoral
  • Persona de la mesa electoral en quien delegue

Requisitos

  • Registro del acta electoral en los siguientes 3 días hábiles a la votación.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Papeletas de los votos nulos o impugnados originales

    Incluir las papeletas de los votos nulos o impugnados originales en el sobre en el que se envía el acta electoral.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Para delegado de personal (menos de 50 trabajadores/as)

Para comité de empresa (más o igual de 50 trabajadores/as)

Delegación de registro del acta electoral en otra persona

Información adicional

Además de la documentación a presentar mencionada (acta de constitución, acta de escrutinio y candidaturas), que sirve para registrar el acta electoral, previamente es necesario cumplimentar el resto de los modelos que se encuentran en la página "Modelos para el registro del acta electoral de personal laboral", para llevar a cabo el proceso de elecciones sindicales.

Una vez registrada el acta electoral, la oficina pública de registro dispone de un día hábil para devolver el acta electoral sellada.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

OTRO

El registro del acta electoral es preferible realizarlo por correo ordinario mandándolo a la oficina pública de registro provincial que se indica en el siguiente apartado.

En caso de registrarlo presencialmente, es necesario solicitar cita previa llamando o mandando un correo electrónico a la oficina correspondiente.

El registro del acta electoral lo debe presentar el presidente de la mesa electoral o un miembro de la mesa.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.

Pedir cita previa Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

1 día hábil

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Trámites relacionados

Preaviso

En plazo permanente

Impugnaciones (reclamaciones)

En plazo permanente

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