Subvenciones para la creación y consolidación del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales - Subvención directa por inversión
N° 10382
A través de este trámite se puede solicitar una subvención para la financiación parcial de inversiones materiales e inmateriales que contribuyan a la creación , consolidación o mejora de competitividad de cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales constituidas.
Dirigido a
- Las cooperativas de trabajo asociado que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Las sociedades laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas o calificadas conforme lo previsto en el Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón o en la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, en función de la forma societaria de que se trate, así como inscritas en el Registro Público competente por razón de la materia.
- Tener el centro de trabajo en el que se genera el empleo subvencionado o al que se destinan las inversiones en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
-
Se consideran subvencionables las inversiones que se produzcan durante lo cinco primeros años de actividad
- Si las inversiones se hubiesen realizado con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden EEI/521/2024, de 17 de mayos se aplicarán las reglas i límites establecidos en los artículos 9 y 11 de la Orden EIE/607/2016, de 6 de junio.
- Las facturas no podrán tener más de seis meses de antelación a la fecha de solicitud ni ser posteriores a la misma ni ser posteriores a la misma
Documentación
Presentar en todos los casos:
Facturas
Documentación acreditativa de pago
Escrituras
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si las inversiones se efectúa en activos y equipos usados por traspaso:
Declaración sobre el origen del equipo
En la que el vendedor del equipo confirma que no se ha comprado con subvenciones durante los últimos 7 años
Certificado expedido por perito independiente
Que acredite que el precio no es superior al valor de mercado ni al coste de equipos nuevos similares
Si la subvención se solicita en base a la disposición transitoria única:
Autorización de consulta de datos
Firmado por la persona socia trabajadora contratada
Descargar modelo Autorización de consulta de datos
En caso de apoderamiento:
Documento de apoderamiento:
Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm
Si no se tiene ficha de terceros con INAEM:
Ficha de terceros con INAEM
Se pude obtener en: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Consulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Impuesto sobre actividades económicas (IAE)
Consulta de subvenciones MINIMIS
Información adicional
En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución concesoria hay que aportar:
- Dirección de la página web del proyecto
- Fotografía del cartel
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas. 901 501 000
- Correo electrónico. inaem@aragon.es
- Página web. Página Web del INAEM
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa
Orden EEI/710/2024, de 21 de junio, ORDEN EEI/710/2024, de 21 de junio, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones reguladas en la Orden EEI/521/2024, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la Creación y consolidación del empleo y mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Orden EEI/521/2024, de 17 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de fomento del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales para la concesión de subvenciones destinadas a la creación y consolidación de empleo y a la mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Orden EIE/607/2016, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación y consolidación del empleo y la mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 04/07/2024 al 30/10/2024
Fuera de plazo
Un mes desde que haya hecho efectivo el último pago elegible dentro del periodo ejecutable. Según lo dispuesto en la disposición transitoria única de la Orden EEI521/2024, de 17 de mayo, para inversiones que se hubiesen realizado con anterioridad a su entrada en vigor, el plazo de solicitud será el previsto en la letra c) del apartado 1 del artículo 15 de la Orden EEI/607/2016, de 6 de junio.
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
Fuera de plazo
Fuera de plazo
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.