Subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo - Modificaciones de proyectos
N° 7501
Los proyectos financiados por las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo se deben ejecutar manteniendo su objeto y en los términos en que fueron aprobados.
No obstante, se pueden producir situaciones puntuales que requieran modificar el proyecto, por ejemplo: catástrofes naturales, cambios o incorporaciones de entidades cofinanciadoras, necesidad de ampliación de plazos por pequeños retrasos en la ejecución, cambios de beneficiarios, socio local, entre otros.
Dirigido a
- Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo a las que se les han concedido proyectos de cooperación al desarrollo
- Otras personas jurídicas a las que se les han concedido proyectos de cooperación al desarrollo
Requisitos
-
Informar sobre las modificaciones:
- En el plazo de un mes desde que se produzca la situación que causa la modificación.
- Durante la ejecución del proyecto y con antelación suficiente para que pueda ser autorizada.
- Justificar debidamente la causa de la modificación.
-
Proyectos o programas de cooperación en los que se hayan producido:
-
Modificaciones no sustanciales:
- Añadir, eliminar o modificar actividades sin afectar a los objetivos y resultados esperados.
- Ampliar el plazo de ejecución hasta 2 meses.
- Variación entre partidas o subpartidas del presupuesto que por su cuantía y/o naturaleza se consideren no sustanciales.
- Utilizar para el propio proyecto o programa, aumentando objetivos o resultados, los excedentes generados por: un tipo de cambio favorable o intereses bancarios.
-
Modificaciones sustanciales:
- Modificar aspectos básicos que afectan al proyecto o programa: objetivos, resultados, población beneficiaria o destinataria, localización y/o entidad socia local.
- Ampliar el plazo de ejecución más de 2 meses.
- Variación entre partidas o subpartidas del presupuesto que por su cuantía y/o naturaleza se consideren sustanciales.
- Utilizar para otros fines sociales los excedentes generados por: ahorros en los costes previstos, un tipo de cambio favorable o intereses bancarios.
- Obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas (entidad o entidades cofinanciadoras).
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Modificaciones no sustanciales:
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si dispones de un documento que ayude a justificar la causa:
Documento que justifique la causa
Aporta los documentos que ayuden a justificar la causa de la modificación: resoluciones, noticias oficiales, certificados, etc.
Si las modificaciones producen cambios en el presupuesto:
Presupuesto con modificaciones
Señalar, sobre el presupuesto presentado en la solicitud, las modificaciones que se solicitan. Indicar: el importe inicial, la modificación que se realiza, el importe final y la entidad que financia cada importe. Aportar en excel.
Si comunicas la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas:
Comprobante de la cofinanciación
Resolución de la administración que concede la ayuda que cofinancia el proyecto, o, en caso de otras entidades, certificado o declaración de compromiso de la entidad que cofinancia.
Información adicional
Modificaciones no sustanciales:
El Servicio de Cooperación al Desarrollo revisará la modificación presentada. Si no se ajusta a la normativa o se requiere mayor información, se pondrá en contacto telemáticamente con la entidad. Si es aceptada, se notificará electrónicamente a la entidad, que tendrá que ejecutar y justificar el proyecto en los nuevos términos aprobados.
Modificaciones sustanciales:
El Servicio de Cooperación al Desarrollo revisará la modificación presentada. Si no se ajusta a la normativa o se requiere mayor información, se pondrá en contacto con la entidad. La Comisión de Valoración y Evaluación se reunirá para valorar las modificaciones solicitadas. Si la solicitud de modificación es aceptada, la entidad tendrá que ejecutar y justificar el proyecto en los nuevos términos. Si es denegada, se notificará electrónicamente con explicación de los motivos y deberá continuar la ejecución del proyecto en los términos aprobados en la concesión.
Comunicación de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas (entidad o entidades cofinanciadoras):
Las entidades tienen la obligación de comunicar los cambios en la entidad o entidades que cofinancian el proyecto. La administración no emitirá una respuesta a este tipo de comunicación, salvo que vaya aparejada de una modificación sustancial o no sustancial, para lo que podrá requerir información adicional.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 159
- Correo electrónico. cooperacion@aragon.es
- Presencial. Horario oficina 9 a 14 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INCLUSIÓN SOCIAL Y VOLUNTARIADO
Normativa
Orden CDS/627/2022, de 11 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2022.
Orden CDS/398/2021, de 13 de abril, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2021
Orden CDS/830/2020, de 2 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2020.
Orden CDS/1316/2019, de 30 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2019.
Orden CDS/953/2018, de 28 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2018.
Ley 10/2000, de 27 de diciembre, relativa a la Cooperación al Desarrollo
Decreto 100/2016, de 12 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la cooperación para el desarrollo y de las bases reguladoras de las subvenciones en esa materia
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
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