Gestión de autorizaciones para salones de juego - Autorización
N° 1017
A través de este trámite, las empresas inscritas en la sección V del Registro General del Juego de Aragón que deseen abrir un salón de juego en la Comunidad Autónoma de Aragón podrán solicitar la autorización necesaria para la apertura en dicho local de juego.
Dirigido a
- Empresas titulares de salones de juego que quieran abrir salones de juego en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- Estar inscrito como titular de Salones de Juego en la Sección V del Registro General del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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Requisitos en el caso de Salones recreativos y de juego
- La superficie mínima de los salones recreativos no deberá ser inferior a 50 metros cuadrados útiles y de los salones de juego no deberá ser inferior a 150 metros cuadrados útiles. Se entiende por superficie útil la que es accesible, ocupable y utilizable permanentemente por el público, sin incluir, por lo tanto, la superficie destinada a oficinas, servicios, almacén, aseos y barra de bar.
- El aforo máximo permitido del local será el determinado en la licencia de funcionamiento municipal.
- La superficie destinada a servicio de bar no podrá exceder del veinte por ciento de la superficie útil del salón. Se entiende como superficie del servicio de bar, la destinada a barra de bar y el espacio de 1,20 metros para el despacho propio de dicha actividad.
- Las máquinas de juego se colocarán de forma que ni ellas ni sus espacios de utilización obstaculicen los pasillos y vías de circulación que, en todo caso, deberán tener el mínimo que fija las normas técnicas de edificación.
- El número máximo de máquinas a instalar será de una por cada tres metros cuadrados de la superficie útil del local.
- En la fachada de los salones recreativos y de los salones de juego se podrá instalar un letrero, rótulo o indicador que indique la actividad del local, así como el nombre comercial del establecimiento, al que podrá acompañarse la expresión salón recreativo y salón de juego, respectivamente.
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Para Salones de Juego
- No podrán autorizarse nuevas aperturas de salones de juego cuando pretendan ser instalados a menos de 300 metros medidos desde el centro de la entrada principal de un salón de juego ya autorizado y siguiendo el eje vial más corto que tenga la clasificación de bien de dominio público.
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Para Salones recreativos
- El ejercicio de la actividad de explotación de un salón recreativo requerirá comunicación al órgano competente en la gestión administrativa de juego en el plazo máximo de un mes desde la fecha de inicio de la actividad (La comunicación se presentará en el modelo normalizado que se acompaña como anexo VI del Reglamento de Locales).
Pago de tasas
Tasa administrativa por prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego. Modelo 519
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Inscripción Registro Juego
Número de inscripción en la Sección V Titulares de salones recreativos y de juego, del Libro 3 Juego de Máquinas del Registro General del Juego.
Informe municipal
Sobre la viabilidad del local en relación con la situación urbanística de la zona.
Licencia municipal
De funcionamiento a nombre del solicitante.
Plano de situación de local
A escala 1/1000 y plano del local a escala no superior a 1/500, con indicación expresa de los metros cuadrados construidos y útiles de superficie destinada a juego, servicios complementarios y otras dependencias, como vestíbulos, almacenes y oficinas.
Acreditación disponibilidad local
Documento acreditativo de la disponibilidad del local.
Autorización instalación eléctrica
Definitiva y actualizada de la instalación eléctrica de baja tensión expedida por el órgano competente del Gobierno de Aragón.
Fianza
Certificación acreditativa de haber constituido la fianza prevista en el artículo 24 del Reglamento.
Relación de juegos y apuestas a practicar
Se deberá indicar además los elementos y material de juego y apuestas a instalar.
Declaración responsable
Según el modelo que figura como Anexo V del Reglamento.
Propuesta horario
Propuesta de horario máximo de funcionamiento del local de juego.
Tasas administrativas
Justificante del abono de la tasa administrativa por prestación de servicios administrativos y técnicos en materia de juego.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La autorización se concede por un plazo de 10 años, renovable por períodos sucesivos de 5 años.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
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Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 712 423
- Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
2 meses
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