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Gestión de comunicaciones y solicitudes de uso del fuego - Uso en instalaciones de carácter recreativo, cultural y otros usos al aire libre

N° 1748

A través de este trámite se podrá solicitar autorización del uso de fuego con algún motivo de carácter recreativo, cultural y similar.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Ayuntamientos o interesado en realizar el uso del fuego.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Solicitud de autorización

    Formulario (Anexo 5). El registro de la comunicación podrá ser telemático o presencial en los registros oficiales, en las oficinas comarcales agroambientales o ayuntamientos que presten su asistencia.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Responsable: Servicio de Gestión de los Incendios Forestales y Coordinación (Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente)

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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