Trámites relacionados con entidades de servicios sociales - Acreditación para la prestación de servicios de atención domiciliaria a personas en situación de dependencia
N° 9158
Concesión de acreditación transitoria para entidades prestadoras de servicios de atención domiciliaria a personas en situación de dependencia y anotación en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales
Dirigido a
- Entidades prestadoras de servicios de atención domiciliaria a personas en situación de dependencia
Requisitos
- Inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales
Documentación
Presentar en todos los casos:
Acreditación de domicilio, sede o representación legal en Aragón
Alta en Seguridad Social con código de cuenta CNAE 8811, 8812, 8899
Acreditación de sistema de registro
Documento acreditativo de la existencia de un sistema de registro con los siguientes datos: datos personales de las personas usuarias, datos de identificación del trabajador, tareas diarias básicas realizadas , hora de entrada y salida, en su caso.
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Propuesta de reglamento de régimen interior
Debe recoger, como mínimo, los derechos y deberes de las personas usuarias, las normas internas de funcionamiento y los procedimientos para formular quejas, reclamaciones y sugerencias
Pólizas de seguro.
Certificado emitido por la entidad aseguradora que acredite que la póliza de seguros de responsabilidad civil cubre las responsabilidades que pudieran derivarse de las actuaciones correspondientes a los servicios de atención domiciliaria.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesVerificación de Datos de Identidad
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Validación de NIF de un contribuyente
Información adicional
1. El plazo de resolución de 3 meses y el silencio positivo entrarán en vigor para los procesos iniciados a partir del 28 de agosto de 2022.
2. Recursos: agotada la vía administrativa, contra la resolución que resuelva el recurso de alzada cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
3. Para conceder la acreditación para la prestación de servicios de atención domiciliaria a personas en situación de dependencia es requisito previo que la entidad este inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
4. La acreditación se otorga a los solos efectos de lo previsto en la Orden de 29 de abril de 2013, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, de Desarrollo del Servicio de Ayuda a Domicilio y del Servicio de Teleasistencia, en tanto, no se apruebe la normativa requerida para la aplicación del régimen de acreditación de entidades de acción social.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Horario de atención: 9 a 14 h 976 715 597
- Correo electrónico. registrocsociales@aragon.es
- Teléfono. Horario de atención: 9 a 14 h 976 716 894
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
En plazo permanente
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.