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Trámites relacionados con entidades de servicios sociales - Baja de entidades de servicios sociales en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales

N° 9055

Cancelación de inscripción de entidad de servicios sociales en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

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Dirigido a

  • Entidades de servicios sociales inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales

Requisitos

  • Inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales

Pago de tasas

Tasa 21. Modelo 421. Tarifa 02.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Información adicional

1. El plazo de resolución de 3 meses y el silencio positivo entrarán en vigor para los procesos iniciados a partir del 28 de agosto de 2022.

2. Recurso: agotada la vía administrativa, contra la resolución que resuelva el recurso de alzada cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

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