Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2021
N° 2329
A través de este trámite, se pueden presentar solicitudes, para optar a las ayudas convocadas, relacionadas con actuaciones para el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación.
Estas ayudas, las pueden solicitar las familias y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación en Aragón con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.
Dirigido a
- Entidades sin ánimo de lucro
Requisitos
- En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.
- Podrán solicitar estas subvenciones las asociaciones y fundaciones con domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón e inscritas en el Registro General de Asociaciones y en el Registro de Fundaciones o, en el caso de que se trate de entidades de ámbito nacional, deberán contar con una delegación en Aragón legalmente constituida antes de la finalización del plazo para la entrega de solicitudes. Las entidades solicitantes deberán tener, al menos, un año de antigüedad contado desde la fecha de su inscripción hasta la finalización del plazo para la entrega de solicitudes.
- Cada solicitante presentará una sola solicitud. En ella se podrán incluir una o varias actuaciones.
- De conformidad con lo establecido en el artículo 9 b) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, no podrán ser beneficiarios de subvenciones aquellos solicitantes que habiendo sido beneficiarios de subvenciones que les hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por la Comunidad Autónoma de Aragón, consorcios y sociedades mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos autónomos y entidades de Derecho Público, fundaciones, no acrediten el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad subvencionada, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.
- Los solicitantes deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como con la Seguridad Social.
- No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas entidades recogidas en los artículos 4.1.c) y 8.1 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón que no cumplan con las obligaciones reconocidas en el capítulo II de la Ley.
- Si como consecuencia de la verificación de los citados datos se pusiera de manifiesto alguna discordancia respecto a los datos facilitados por el interesado, el órgano gestor está facultado para realizar actuaciones tendentes a su clarificación.
- Únicamente se podrán solicitar subvenciones para realizar actuaciones en los municipios y/o asentamientos relacionados en el Anexo I de la convocatoria.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Presupuesto de las actividades culturales
Presupuesto que incluya los gastos elegibles que se relacionan en el artículo 3.6. de la presente convocatoria.
Descargar modelo Presupuesto de las actividades culturalesCertificado de representante
Certificado expedido por el secretario de la entidad que confirme la identidad de la persona que firma la solicitud como representante legal de la entidad en el caso de que la solicitud se firme con un certificado personal.
Descargar modelo Certificado de representanteMemoria de actividades culturales
Documento explicativo que incluya antecedentes de la propuesta de actividades; descripción pormenorizada de cada una de las actividades diferenciadas con indicación del calendario detallado de las mismas e indicación de los asentamientos donde se realizan las actividades culturales.
Descargar modelo Memoria de actividades culturalesObligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Información adicional
Será susceptible de subvención las ayudas vinculadas a la financiación de gasto corriente relacionadas con el apoyo a la creación y promoción de actividades culturales que desestacionalicen la oferta (Eje temático: Escenario vital y patrimonio territorial).
Formas de iniciar el trámite: Mediante solicitud por parte del interesado
Qué cubre: Podrán solicitarse ayudas para la realización de actividades culturales diferenciadas siempre que se incluyan dentro de un mismo evento (jornadas, festivales, etc.) o siendo la misma actividad que tenga un carácter periódico o itinerante.
Cuánto se subvenciona: 100% de la actuación con limitación a un importe máximo
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. set@aragon.es
- Teléfono. 976 714 408
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN
Normativa
Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón
Decreto 165/2017, de 31 de octubre, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación
Orden VMV/356/2020, de 2 de abril, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2019 y otras variables socioeconómicas
Orden VMV/1308/2020, de 27 de noviembre, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2020
Orden VMV/241/2021, de 15 de marzo, de corrección de errores de la Orden VMV/1308/2020, de 27 de noviembre, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2020
Orden VMV/2170/2018, de 29 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial.
Orden VMV/510/2021, de 12 de mayo, por la que se convocan subvenciones para la realización, durante el año 2021, de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro.
Orden ORDEN DDJ/260/2024, de 13 de marzo, por la que se convocan subvenciones para la realización, durante el año 2024, de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades sin ánimo de lucro
Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial
Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón
Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación
Orden VMV/1076/2023, de 8 de agosto, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2022 y otras variables socioeconómicas.
Orden VMV/1495/2021, de 2 de noviembre, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2020 y otras variables socioeconómicas (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023)
Orden DDJ/466/2024, de 6 de mayo, por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
Orden VMV/1789/2021, de 22 de diciembre, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2021 (afecta a las convocatorias de los años 2022 y 2023).
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 21/05/2021 al 21/06/2021
Fuera de plazo
Desde el día siguiente a la publicación en el BOA de la convocatoria hasta el 21 de junio de 2021
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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