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Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades locales - Comarcas - Convocatoria 2021

N° 5265

A través de este trámite, las comarcas aragonesas que aparecen relacionadas en el anexo de la convocatoria podrán presentar una solicitud para optar a las ayudas a las entidades locales para actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la despoblación con cargo al Fondo de cohesión territorial.

Plazo de presentación

Del 21/05/2021 al 21/06/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Comarcas del territorio aragonés
    • Comarcas cuyo ISDT sea inferior a 100 (Ver relación detallada en el Anexo II de la convocatoria).

Requisitos

  • En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.
  • 1. Podrán solicitar estas subvenciones las comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón para realizar actuaciones en la relación de comarcas detalladas en el Anexo II de la convocatoria
    • Comarcas cuyo ISDT sea inferior a 100
  • 2. No podrá obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las entidades locales que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.
  • 3. No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas entidades recogidas en el artículo 4.1.c) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón que no cumplan con las obligaciones de transparencia reconocidas en el capítulo II de la referida Ley.
  • 4. Los solicitantes deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como con la Seguridad Social.
  • 5. Si como consecuencia de la verificación de los citados datos se pusiera de manifiesto alguna discordancia respecto a los datos facilitados por el interesado, el órgano gestor está facultado para realizar actuaciones tendentes a su clarificación
  • 6. Para la acreditación de dichos requisitos, el beneficiario deberá cumplimentar los apartados del modelo proporcionado en el procedimiento para llevar a cabo la tramitación electrónica de la solicitud de ayuda para autorizar al órgano gestor a recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General como por los órganos de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 20.1 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
    • En el caso de que el interesado no consintiera las consultas previstas en el apartado anterior, deberá indicarlo expresamente en el modelo citado anteriormente y aportar los documentos acreditativos que se exijan en la convocatoria de la subvención.
  • 7. Así mismo, debe acreditar estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, debe haber adoptado medidas de racionalización del gasto y debe haber presentado planes económico-financieros en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores, tal como establece el artículo 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Presupuesto-cursos

    Presupuesto pormenorizado de la actuación donde se detallen las unidades o partidas que incluya los gastos elegibles especificados en el artículo tercero de la convocatoria.

    Descargar modelo Presupuesto-cursos
  • Memoria-cursos

    Memoria de la actuación donde se describan los apartados establecidos en el texto de la convocatoria. En el modelo adjunto a la convocatoria se enumeran los apartados mínimos que deben indicarse de modo que pueda realizarse adecuadamente su valoración (justificación, objetivos, programa, etc.).

    Descargar modelo Memoria-cursos
  • Presupuesto-campañas sensibilización

    Presupuesto pormenorizado de la actuación donde se detallen las unidades o partidas que incluya los gastos elegibles especificados en el artículo tercero de la convocatoria.

    Descargar modelo Presupuesto-campañas sensibilización
  • Certificado-cámara cuentas

    Certificado del secretario de la entidad local relativo a la condición de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económicos-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores.

    Descargar modelo Certificado-cámara cuentas
  • Certificado-no concurrencia causas prohibición

    Certificado expedido por el secretario de la entidad local con el visto bueno del presidente comarcal en la que manifieste la no concurrencia de ninguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Descargar modelo Certificado-no concurrencia causas prohibición
  • Memoria-campañas sensibilización

    Memoria de la actuación donde se describan los apartados establecidos en el texto de la convocatoria. En el modelo adjunto a la convocatoria se enumeran los apartados mínimos que deben indicarse de modo que pueda realizarse adecuadamente su valoración (justificación, objetivos, programa, etc.).

    Descargar modelo Memoria-campañas sensibilización
  • Certificado-identidad solicitante

    Certificado expedido por el secretario de la entidad local en la que se haga constar que el presidente comarcal de la entidad tomó posesión de su cargo y sigue ejerciendo hasta la fecha.

    Descargar modelo Certificado-identidad solicitante
  • Certificado-no declaración IVA

    Certificado expedido por el secretario de la entidad local con el visto bueno del alcalde en la que se haga constar que la entidad local no efectúa declaración de IVA respecto de los conceptos objeto de subvención.

    Descargar modelo Certificado-no declaración IVA
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

Información adicional

Para este ejercicio se establecen los siguientes tipos de actuaciones:

- Ayudas vinculadas a la financiación de gasto corriente a solicitar por comarcas:

+Tipo 1B. Realización de cursos de formación para fomentar el autoempleo femenino, especialmente en aquellas ramas técnicas que contribuyan a la mejora de la productividad y competitividad empresarial (Eje temático: mujeres).

+Tipo 2B. Apoyo a la realización de campañas de sensibilización en torno al objetivo de generar una actitud positiva hacia el valor rural y del patrimonio natural y cultural aragonés (Eje temático: sensibilización).

Formas de iniciar el trámite: Mediante solicitud por parte del interesado

Qué cubre: Diversas actuaciones que pueden abordar las entidades locales ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón (comarcas) detalladas en el Anexo II de la convocatoria

Cuánto se subvenciona: 100% de la actuación con limitación a un importe máximo

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 21/05/2021 al 21/06/2021

Fuera de plazo

Al día siguiente de la publicación en el BOA de la Orden de la convocatoria y hasta el 21 de junio

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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