Actuaciones relativas a los recursos de las secciones A, C y D de la Ley de minas - Ejecución de sondeos y pozos para el alumbrado de agua (agrícola, industrial o de abastecimiento) y pozos para energía geotérmica
N° 79
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas interesadas podrán presentar una solicitud para obtener la autorización necesaria para la ejecución de sondeos y pozos para el alumbramiento de agua con fines agrícolas, industriales o de abastecimiento y para encontrar energía geotérmica.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Personas físicas
- Personas jurídicas
Documentación
Presentar en todos los casos:
Instancia
En la que conste:
- Nombre y apellidos o razón social.
- Vecindad y domicilio del peticionario.
Acreditación de la personalidad del solicitante
Mediante fotocopia del Documento Nacional de Identidad (en adelante D.N.I.), si se trata de persona física, o D.N.I. del representante legal, Número de Identificación Fiscal (en adelante N.I.F.), poderes de representación compulsados y escritura de constitución si se trata de una sociedad o entidad con o sin personalidad jurídica.
Acreditación de la titularidad de los terrenos
Donde se pretenda llevar a cabo la ejecución del sondeo o pozo, o autorización de su propietario.
Contrato de trabajo
Entre la empresa promotora y la empresa ejecutora del sondeo.
Proyecto técnico de ejecución
Firmado por Técnico Competente que deberá comprender en todo caso:
- Datos del solicitante
- Ubicación del pozo. Indicando polígono y parcela, así como coordenadas U.T.M. ETRS-89 (Sistema de coordenadas universal transversal de Mercator - Sistema de Referencia Terrestre Europeo 1989) del punto de perforación.
- Descripción geológica.
- Usos del agua.
- Volumen a extraer.
- Características del pozo. Profundidad, diámetro, entubación, instalación eléctrica, equipo de bombeo, etc.
- Descripción hidrogeológica.
- Medidas previstas, en su caso, para evitar la comunicación entre acuíferos y su contaminación.
- Evaluación de Impacto Ambiental. En caso de encontrarse dentro de los supuestos previstos en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre de Prevención y Protección Ambiental de Aragón se someterá al trámite de Evaluación de Ambiental ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
- Maquinaria y personal a emplear.
- Técnica o técnicas de perforación.
- Esquema del pozo.
- Fechas de ejecución previstas.
- Presupuesto.
- Plano de situación, geológico y catastral.
Documento sobre Seguridad y Salud
Que se ajuste a lo establecido en la Orden ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del Documento sobre Seguridad y Salud, adaptado a las características propias de la obra.
Nombramiento de la Dirección Facultativa
Con aceptación expresa del Técnico Competente para la ejecución del proyecto.
Disposiciones Internas de Seguridad
De los trabajos necesarios para la ejecución del citado pozo redactadas por la Dirección Facultativa.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Se deberá contar con la preceptiva Autorización del Organismo de Cuenca que corresponda, en caso de aprovechamiento de aguas, además de la correspondiente licencia municipal.
Se deberá solicitar posteriormente la autorización de puesta en servicio del pozo o sondeo.
Presentación de la solicitud
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Huesca. 974293080 / Teruel. 978641226 / Zaragoza. 976714085
- Correo electrónico. Huesca. minas.huesca@aragon.es / Teruel. stminas@aragon.es / Zaragoza. spzindminas@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Normativa
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería
Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos
Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera
Orden, de 2 de octubre, por la que se aprueban Instrucciones Técnicas Complementarias de los capítulos V, VI y IX del reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, de 1985
Real Decreto 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras
Real Decreto 3255/1983, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Minero
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Trámite presencial
Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.
Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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