Actuaciones relativas a los recursos de las secciones A, C y D de la Ley de minas - Ocupación temporal y expropiación forzosa de terrenos
N° 72
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas titulares de derechos mineros podrán solicitar a la autoridad competente la ocupación temporal o expropiación forzosa de terrenos para llevar a cabo las labores de exploración, investigación y explotación de recursos mineros (ubicación de trabajos, instalaciones y servicios).
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Personas físicas titulares de derechos mineros
- Personas jurídicas titulares de derechos mineros
Requisitos
- Ser titulares de derechos mineros.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Instancia
En la que conste:
- Nombre y apellidos o razón social.
- Vecindad y domicilio del solicitante.
- Nombre y número del derecho minero para el que se solicita la ocupación temporal o expropiación forzosa de terrenos.
Memoria descriptiva
De los trabajos desarrollados en el derecho minero, instalaciones y servicios que se consideren imprescindibles para el aprovechamiento racional de los recursos.
Planos detallados del derecho minero
Y de los terrenos objeto de ocupación temporal o expropiación.
Inversiones realizadas
Producciones obtenidas y a obtener, con indicación de sus aplicaciones y destino.
Relación de titulares afectados
Su vecindad y domicilio, y certificación catastral de las parcelas objeto de ocupación temporal o expropiación.
Justificación de la necesidad de ocupación temporal
De los terrenos o su expropiación.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La instancia se presentará en el Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de la provincia donde se ubique el derecho minero de que se trate.
Los expedientes, que se tramitarán de conformidad con lo establecido en la Ley de Expropiación forzosa, requerirán la declaración previa de utilidad pública y resolución favorable expresa de necesidad de ocupación.
- Derechos mineros de la Sección A): La declaración de utilidad pública se hará por Decreto.
- Derechos mineros de las Secciones B), C) y D): La declaración de utilidad pública va implícita con la Autorización de aprovechamiento u otorgamiento del derecho minero.
Presentación de la solicitud
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
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Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Huesca. 974293080 / Teruel. 978641226 / Zaragoza. 976714085
- Correo electrónico. Huesca. minas.huesca@aragon.es / Teruel. stminas@aragon.es / Zaragoza. spzindminas@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Normativa
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería
Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos
Ley, de 16 de diciembre, sobre Expropiación Forzosa, de 1954
Decreto, de 26 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 1957
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Trámite presencial
Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.
Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses desde que es firme el acuerdo de necesidad de ocupación
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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